Aprueban el Plan Operativo Institucional (P01) 2020 Modificado Versión 1 del Ministerio

Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2020 Modificado Versión 1

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 0172-2020-JUS

Lima, 1 de julio de 2020

VISTOS, el Informe Nº 0177-2020-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el informe N° 489-2020-JUS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se creó el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, constituyendo un pliego presupuestal del Estado;

Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;

Que, el numeral 12 del artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público establece que el Presupuesto del Sector Público tiene una perspectiva multianual orientada al logro de resultados a favor de la población, en concordancia con las reglas fiscales establecidas en el Marco Macroeconómico Multianual y los instrumentos de planeamiento elaborados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN);

Que, el subnumeral 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del precitado Decreto Legislativo Nº 1440, establece que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEl), y sujetándose a Ia normatividad vigente;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 550-2018-JUS, se aprobó el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2019-2022; mediante Resolución Ministerial N° 164-2019-JUS, se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual periodo 2020-2022; y mediante Resolución Ministerial N° 481-2019-JUS, se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH);

Que, con Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, y se dictaron medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19; habiéndose prorrogado por igual plazo mediante el Decreto Supremo N° 020-2020-SA;

Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM ampliado temporalmente mediante los Decretos Supremos N° 051-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 075-2020-PCM y N° 083-2020-PCM; y precisado o modificado por los Decretos Supremos N° 045-2020-PCM, Nº 046-2020-PCM, N° 051-2020-PCM, N° 053-2020-PCM, N° 057-2020-PCM, N° 058-2020-PCM, N° 061-2020-PCM, N° 063-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 068-2020-PCM, N° 072-2020-PCM, Nº 083-2020-PCM y N° 094-2020-JUS, se declaró el Estado de Emergencia Nacional y se dispuso el aislamiento social obligatorio (cuarentena), por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 083-2020-EF, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 a favor de la Reserva de Contingencia para mitigar los efectos de la Emergencia Sanitaria declarada debido a la existencia del COVID-19, con cargo a los recursos, entre otros, del presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, cuya desagregación de recursos fue aprobada mediante Resolución Ministerial N° 0127-2020-JUS;

Que, por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033- 2017/CEPLAN/PCD, se aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, modificada por las Resoluciones de Presidencia del Consejo Directivo N° 062-2017-CEPLAN/PCD, N° 053-2018-CEPLAN/PCD y N° 00016-2019-CEPLAN/PCD; la misma que establece las pautas para la elaboración, implementación, seguimiento, evaluación y mejora continua de las políticas y planes institucionales de las entidades, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua;

Que, al respecto, el numeral 6.3 de la Sección 6 de la “Guía para el Planeamiento lnstitucional”, establece las circunstancias que ocasionan la modificación del POI Anual en ejecución, precisando que, si el POI Anual es afectado, la entidad realiza su modificación con intervención de la Comisión de Planeamiento y el apoyo del órgano de planeamiento, previo análisis al seguimiento de la ejecución;

Que, el artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo N°013-2017-JUS, señala que la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, es el órgano de asesoramiento responsable de conducir y coordinar los sistemas administrativos de planeamiento estratégico, presupuesto público, inversión pública, modernización de la gestión pública, así como de los asuntos de cooperación técnica nacional e internacional, conforme a las normas legales vigentes;

Que, en ese marco, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, ha elaborado el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado Versión 1 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), el cual recoge la información presentada por los órganos, consejos, comisiones y programas, respecto a la modificación de sus metas físicas y financieras para el año 2020, de acuerdo a la Guía para el Planeamiento lnstitucional;

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal g) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, corresponde al Titular de la Entidad, aprobar las políticas, planes y programas propios de su función de Ministro de Estado, así como evaluar su ejecución;

Con el visado de las Oficinas Generales de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2020 Modificado Versión 1 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), documento que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- El cumplimiento de la programación de actividades consideradas en el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado Versión 1 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), es de responsabilidad de los Directores y/o Jefes de los Órganos y Unidades Orgánicas del Ministerio.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización realizar el seguimiento y la evaluación del cumplimiento del Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado Versión 1 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), aprobado mediante la presente Resolución.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución conjuntamente con el Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2020 Modificado Versión 1 del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH), en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

Artículo 5.- Difundir la presente Resolución a todos los Órganos, Unidades Orgánicas, Consejos, Comisiones y Programas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para su conocimiento y fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FERNANDO R. CASTAÑEDA PORTOCARRERO

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

1869440-2