Aprueban la extensión del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación al 2023; quedando denominado como Plan Estratégico Institucional - PEI del Ministerio de Educación periodo 2019 – 2023

Aprueban la extensión del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación, al 2023; quedando denominado como “Plan Estratégico Institucional - PEI del Ministerio de Educación, periodo 2019 – 2023”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 253-2020-MINEDU

Lima, 28 de junio de 2020

VISTOS, el Expediente Nº MPV2020-EXT-0068204, los Informes Nº 00422-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP y Nº 00817-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, el Oficio Nº 00228-2020-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, y el Informe Nº 00679-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;

Que, el numeral 7.2 de la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional“, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN/PCD, dispone que las políticas de Estado se concretan en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; las políticas nacionales, sectoriales y multisectoriales se concretan en los planes estratégicos sectoriales y los planes estratégicos multisectoriales; y que las políticas institucionales se concretan en los planes estratégicos institucionales y los planes operativos institucionales;

Que, la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD, modificada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00053-2018-CEPLAN/PCD, Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00016-2019/CEPLAN/PCD, Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00011-2020/CEPLAN/PCD y Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00013-2020/CEPLAN/PCD, tiene como objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modificación del Plan Estratégico Institucional – PEI y el Plan Operativo Institucional – POI, en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua;

Que, los numerales 4.1 y 4.2 de la citada Guía establecen que el PEI es un instrumento de gestión que define la estrategia de la entidad para lograr sus objetivos, en un periodo mínimo de tres (3) años, a través de iniciativas diseñadas para producir una mejora en el bienestar de la población a la cual sirve; y que, para el planeamiento institucional, el Titular de la entidad conforma una Comisión de Planeamiento Estratégico bajo su liderazgo, en la cual participan tanto funcionarios de la Alta Dirección como aquellos a cargo de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, y otros órganos que el órgano resolutivo designe, dependiendo de la estructura organizacional de la entidad;

Que, el numeral 5.7 de la referida Guía dispone que el Pliego remite su PEI por correo electrónico al CEPLAN, el cual verifica y valida la metodología, la consistencia y coherencia del PEI con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y la Política General de Gobierno, y emite un informe técnico, el cual contiene la Evaluación de Diseño del PEI; asimismo, se dispone que luego de contar con dicho informe, el Titular del Pliego emite el acto resolutivo de aprobación del PEI y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 675-2018-MINEDU, se conformó la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio Educación, de carácter permanente, encargada de la aplicación del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; así como de la remisión del Informe Técnico y el Proyecto del Plan Estratégico Institucional – PEI al titular de la entidad para su aprobación; asimismo, conforma el Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio Educación, cuya función es asistir a la Comisión en la elaboración o modificación del PEI;

Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 737-2018-MINEDU se aprobó el Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación para el periodo 2019 – 2022;

Que, mediante el Oficio Múltiple Nº D000040-2019-CEPLAN-DNCP, el CEPLAN comunica a los sectores que, con la finalidad de facilitar la elaboración y el registro del POI Multianual 2021-2023, ha visto por conveniente permitir la ampliación del periodo de vigencia del Plan Estratégico Institucional – PEI y del Plan Estratégico Sectorial Multianual – PESEM, para dar cobertura a la mencionada programación multianual;

Que, mediante Acta de Reunión de fecha 01 de mayo de 2020, la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio Educación validó, entre otros, el Plan Estratégico Institucional - PEI ampliado al 2023 del Ministerio de Educación, y encargó a la Secretaría de Planificación Estratégica continuar con el trámite respectivo para su aprobación;

Que, en virtud a lo señalado en los considerandos precedentes, con el Oficio Nº 00162-2020-MINEDU/SPE-OPEP, la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación remite al CEPLAN, entre otros, la propuesta de Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación, periodo 2019 – 2023, para la emisión del informe técnico de validación;

Que, mediante Oficio Nº D000179-2020-CEPLAN-DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, remite el Informe Técnico Nº D000058-2020-CEPLAN-DNCPPEI, mediante el cual concluye que verifica y valida que el Plan Estratégico Institucional del Ministerio de Educación, para el periodo 2019-2023, ha sido ampliado en aplicación a las orientaciones que establece el Oficio Múltiple Nº D000040-2019-CEPLAN-DNCP y la Guía para el Planeamiento Institucional modificada con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 016-2019/CEPLAN/PCD;

Que, conforme a lo establecido en el literal a) del artículo 30 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, es función de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica formular, proponer y evaluar el plan estratégico sectorial multianual y el plan estratégico institucional, así como las políticas y los planes de corto, mediano y largo plazo, en el marco de sus competencias y en concordancia con la normatividad vigente;

Que, mediante los Informes Nºs. 00422-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP y 00817-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica presenta y sustenta la propuesta del Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación, periodo 2019 – 2023, para su aprobación correspondiente;

Que, mediante Oficio Nº 00228-2020-MINEDU/SPE-OPEP, la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica informa que la propuesta del Plan Estratégico Institucional - PEI del Ministerio de Educación, periodo 2019-2023 cuenta con la validación de la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio Educación y de CEPLAN, conforme al Acta de Reunión suscrita con fecha 01 de mayo de 2020 y el Oficio Nº D000179-2020-CEPLAN-DNCP, respectivamente;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional “, aprobada por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN/PCD; y la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD, modificada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00053-2018-CEPLAN/PCD, Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00016-2019/CEPLAN/PCD, Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00011-2020/CEPLAN/PCD y Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00013-2020/CEPLAN/PCD;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación

Aprobar la extensión del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional – PEI del Ministerio de Educación, al 2023; quedando denominado como “Plan Estratégico Institucional - PEI del Ministerio de Educación, periodo 2019 – 2023”, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO

Ministro de Educación

1869151-1