Designan responsables de entregar información de acceso público de la Superintendencia Nacional de Salud conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Designan responsables de entregar información de acceso público de la Superintendencia Nacional de Salud, conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

N° 051-2020-SUSALUD/S

Lima, 16 de junio de 2020

VISTOS:

El Informe N° 00313-2020/OGAJ, de fecha 16 de junio de 2020, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1158 que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, modificado por el Decreto Legislativo N° 1289 que dicta disposiciones destinadas a optimizar el funcionamiento y los servicios de la Superintendencia Nacional de Salud, se crea la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD) como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;

Que, mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, se aprueba el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con la finalidad de promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú. Asimismo, se dispone que las entidades públicas designen al funcionario responsable de entregar la información solicitada;

Que, conforme al artículo 3 del Reglamento de la Ley N° 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM y modificatorias, es obligación de la máxima autoridad de la entidad, designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público mediante Resolución que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, y colocada en un lugar visible en cada una de las sedes administrativas de la entidad;

Que, a través de la Resolución de Superintendencia N° 070-2019-SUSALUD/S, se designó a la abogada Sandra Liliana Núñez Benavides como responsable de entregar la información de acceso público de la Superintendencia Nacional de Salud;

Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 050-2020-SUSALUD/S, se aceptó la renuncia de la abogada Sandra Liliana Núñez Benavides al cargo de Asesora de Gerencia General de la Superintendencia Nacional de Salud, siendo su último día de labores el 15 de junio de 2020;

Que, en ese contexto, resulta necesario designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público de la Superintendencia Nacional de Salud; asimismo, a efectos de garantizar la continuidad del ejercicio del derecho de acceso a la información pública, corresponde designar a un servidor que ejerza las funciones de responsable alterno que reemplazará a la titular en su ausencia;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto, el supuesto de hecho justificativo para su adopción;

Que, asimismo, el segundo párrafo del numeral 7.1 del artículo 7 del TUO de la Ley N° 27444, señala que el régimen de eficacia anticipada de los actos administrativos previstos en el artículo 17 es susceptible de ser aplicada a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni afecte a terceros;

Con los vistos del Gerente General y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud, y;

Estando a las facultades previstas en el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS; el Reglamento de la Ley N° 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM y modificatorias, y el Reglamento de Organización y Funciones de SUSALUD, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-SA.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- DESIGNAR, con eficacia anticipada al 16 de junio de 2020, a la abogada ROSALBA NICOLLE ALJOVÍN MATHEY, Asesora de Gerencia General, como responsable de entregar la información de acceso público de la Superintendencia Nacional de Salud, conforme al TUO de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su Reglamento.

Artículo 2.- DESIGNAR, con eficacia anticipada al 16 de junio de 2020, a la abogada ROSA VICTORIA URTECHO PAREDES, especialista legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica, como responsable alterna de entregar la información de acceso público de la Superintendencia Nacional de Salud, quien reemplazará a la titular en su ausencia.

Artículo 3.- NOTIFICAR la presente resolución a las servidoras designadas, así como a todos los órganos de SUSALUD para conocimiento y fines.

Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal web institucional (www.susalud.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese

CARLOS MANUEL ACOSTA SAAL

Superintendente

1868637-1