Autorizan la Segunda Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de sociedad de auditoría externa para el periodo auditado 2019

Autorizan la Segunda Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de sociedad de auditoría externa para el periodo auditado 2019

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

Nº 069-2020-IPEN-PRES

San Borja, 22 de Junio de 2020

VISTOS: El Informe Nº D000038-2020-IPEN-CONT de la Unidad de Contabilidad de la Oficina de Administración; y, el Informe N° D000062-2020-IPEN-ASJU-VHP de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785 , Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley Nº 30742, dispone que “Las sociedades de auditoría, para efectos de esta Ley, son las personas jurídicas calificadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo, que son designadas previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas”; agregando en su segundo párrafo, entre otros puntos, que: “Las entidades del Gobierno Nacional… quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego”;

Que, con Oficio Nº 000965-2019-CG/SGE del 6 de noviembre de 2019, la Contraloría General de la República, solicitó entre otros puntos, se proceda a efectuar la transferencia de recursos a favor de la Contraloría General de la República en el marco de las Leyes Nº 27785, Nº 30742 y Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG;

Que, sobre el particular, mediante Resolución de Presidencia N° 345-19-IPEN/PRES de fecha 11 de diciembre de 2109, se autorizó la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República por la suma de S/ 37,625.50 (Treinta y Siete Mil Seiscientos Veinticinco con 50/100 Soles), correspondiente al 50% de la retribución económica (incluido IGV) para la contratación de la Sociedad de Auditoria Externa para el periodo auditado 2019;

Que, asimismo, se señala en el Oficio Nº 000965-2019-CG/SGE, que el importe a transferir en el año 2020 corresponde a una transferencia financiera del 50% de la retribución económica (incluyendo el IGV) del período auditado 2019 y un depósito en la cuenta corriente indicada en el Cuadro Nº 1 del Banco de la Nación a favor de la Contraloría General de la República, por el importe total según tarifario, del derecho de designación o supervisión de Sociedades de Auditoría, por el importe indicado en el cuadro siguiente:

Cuadro Nº 1

Instituto Peruano de Energía Nuclear–IPEN

Operación

Concepto

Período Auditado 2019

Transferencia por año (S/)

2019

2020

Transferencia Financiera

50% Retribución Económica (incluido IGV)

37,625.50

37,625.50

Depósito en Cuenta de la CGR 0000-282758

6% Derecho de Designación o Supervisión

7,652.64

0.00

Total

45,278.14

37,625.50

Que, al respecto, con Informe Nº D000038-2020-IPEN-CONT, la Unidad de Contabilidad remitió a la Oficina de Administración, la opinión técnica respecto de la Segunda Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República para la Contratación de la Sociedad Auditoria, concluyendo y recomendando, lo siguiente:

“(…)

III) Conclusiones

3.1 Para efectuar la transferencia financiera, se requiere que se emita la Resolución de Presidencia que autorice la transferencia financiera a favor de la Contraloría General dela República por concepto del 50% de la retribución económica (incluido IGV) por el importe de S/ 37,625.50 para el periodo auditado 2019.

3.2 Previamente es necesario que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto efectúe la habilitación presupuestal para que posterior a ello esta Unidad registre el CCP y solicite su aprobación.

3.3 Finalmente, remitir el expediente a la Oficina de Asesoría Jurídica para la elaboración del proyecto de resolución.

Que, en atención a ello, la Oficina de Administración mediante Proveído N° D001398-2020-IPEN-ADMI, solicitó a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto – PLPR, habilitar la disponibilidad presupuestal, a fin de cumplir con la transferencia a la Contraloría General de la República;

Que, a su vez, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto adjunta la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 318, por el importe de S/ 37,626.00 (Treinta y Siete Mil Seiscientos Veintiséis con 00/100 Soles), en la Categoría Presupuestal 9001: Gestión Administrativa, Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Especifica de Gasto: 2.4.1 3.1 1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados para la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la Republica, correspondiente al 50% de la retribución económica (incluido IGV), para la contratación de la Sociedad de Auditoria Externa para el periodo auditado 2019;

Que, con Informe N° D000061-2020-IPEN-ASJU-VHP, la Oficina de Asesoría Jurídica emitió la opinión legal, concluyendo que resulta procedente aprobar la Segunda Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República por la suma de S/ 37,626.00 (Treinta y Siete Mil Seiscientos Veintiséis con 00/100 Soles), correspondiente al 50% de la retribución económica (incluido IGV), para la contratación de la Sociedad de Auditoria Externa para el periodo auditado 2019, conforme lo estipula el tercer párrafo del artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;

Que, en atención a ello, resulta necesario expedir el acto administrativo correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 del Reglamento de Organización y Funciones del IPEN, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2005-EM;

Con los vistos del Gerente General; de la Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, del Director de la Oficina de Administración;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la Segunda Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República por la suma de S/ 37,626.00 (Treinta y Siete Mil Seiscientos Veinticinco con 00/100 Soles), correspondiente al 50% de la retribución económica (incluido IGV) para la contratación de la Sociedad de Auditoria Externa para el periodo auditado 2019.

Artículo Segundo.- Autorizar la transferencia señalada en el artículo precedente se atenderá con cargo al presupuesto aprobado para el presente Año Fiscal del Pliego 220 Instituto Peruano de Energía Nuclear – IPEN, en la Categoría Presupuestal 9001: Gestión Administrativa, Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Especifica de Gasto: 2.4.1 3.1 1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados.

Artículo Tercero.- Los recursos de la transferencia financiera autorizados en el Artículo Primero de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo Cuarto.- Disponer que la Oficina de Administración quede encargada de las acciones correspondientes al cumplimiento de la transferencia financiera autorizada.

Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaria General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la página web institucional, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles de haber sido expedida.

Regístrese y comuníquese

Susana Margarita Petrick Casagrande

Presidente

1868682-1