Ordenanza que aprueba el cambio de zonificación del Sector A-11 C.P. San Antonio

Ordenanza que aprueba el cambio de zonificación del Sector A-11, C.P. San Antonio

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 004-2020-MPMN

Moquegua, 3 de junio de 2020

EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”:

VISTO, el Acuerdo de Concejo Nº 015-2020 de fecha 02 de Marzo de 2020, el cual en su Artículo Segundo encarga el cumplimiento del citado Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial la implementación de la Ordenanza Municipal respectiva.

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en armonía con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respecto al rol de las municipalidades provinciales, establece que le corresponde planificar integralmente el desarrollo local y el ordenamiento territorial, en el nivel provincial. Las municipalidades provinciales son responsables de promover e impulsar el proceso de planeamiento para el desarrollo integral correspondiente al ámbito de su provincia, recogiendo las prioridades propuestas en los procesos de planeación de desarrollo local de carácter distrital;

Que, mediante con Partida Registral Nº11002030 de la SUNARP, se tiene inscrito como propiedad de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, el inmueble ubicado en el Sector A-11, del Centro Poblado de San Antonio – Moquegua, mide 1.160 has y mediante con Informe Nº158-2019-CEK-2019/PROMUVI/SGPCUAT/GDUAAT/GM/MPMN de fecha 23 de julio del 2019, la Coordinadora del PROMUVI, remite a la SGPCUAT, el Estudio Técnico legal sustentatorio para cambio de Zonificación – Sector A-11 CP. San Antonio;

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 009-2018-MPMN de fecha 28 de Junio 2018, la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto aprobó el Plan de Desarrollo Urbano Sostenible Moquegua - Samegua 2016 – 2026;

Que, con el Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, en su artículo 38º que las municipalidades provinciales aprueban las modificaciones al Plan de Desarrollo Urbano y señala que el procedimiento es el mismo que se necesita para su aprobación, en este artículo señala que el cambio de Desarrollo Urbano es para cambiar la zonificación comercial Industrial, Pre Urbana, Recreación, Usos especiales, servicios públicos complementarios, Zona de Reglamentación Especial y Zona Monumental o, para la modificación de Zona Residencial de Alta Densidad, observando el procedimiento establecido en el artículo 36º, que en el mismo cuerpo de leyes en los artículos 103º al 107º de establece las normas legales para el cambio de Zonificación incluye su formulación o iniciativa de propuesta, requisitos, procedimientos, evaluación técnica se encuentran ubicados en los predios, asimismo en su artículo 99º define a la Zonificación como el instrumento técnico normativo de gestión urbana que contiene el conjunto de normas técnicas urbanísticas para la regulación del uso y la ocupación del suelo en el ámbito de actuación y/o intervención de los Planes de Desarrollo Urbano, en función a los objetivos de desarrollo sostenible, a la capacidad de soporte del suelo y a las normas pertinentes, para localizar actividades con fines sociales y económicos como vivienda, recreación, protección y equipamiento; así como, la producción industrial, comercio, transportes y comunicaciones;

Que, el mismo cuerpo de leyes en los artículos 103º al 107º establece las normas legales para el Cambio de Zonificación incluyendo su formulación o iniciativa de propuesta, requisitos, procedimiento, evaluación técnica por parte de la municipalidad provincial y las condiciones;

Que, la Sub Gerencia de Planeamiento Control Urbano y Acondicionamiento Territorial con Informe Nº 2166-2019-SGPCUAT/GDUAAT/GM/MPMN, propone el ESTUDIO TECNICO LEGAL SUSTENTATORIO PARA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN SECTOR A – 11 C.P. SAN ANTONIO, Zonificado como ZRP: Zona de recreación pública y ZRE: Áreas ocupadas con fines específicos, proponiendo que estas últimas cambien a RDM: Residencial de densidad media, cuyas características físicas son: SECTOR A -11 CENTRO POBLADO SAN ANTONIO, con los siguientes linderos y medidas perimétricas:

- NORTE: con el Sector A – 10, en línea quebrada de 03 tramos, 1er tramo de 9.99 ml., 2do. Tramo de 29.85 ml. y 3er tramo de 146.08 ml.

- ESTE: con terrenos de propiedad de la Municipalidad (Sector A – 6), en línea recta de 71.92 ml.

- SUR: con el Programa Municipal de Vivieda Taller (Sector A – 3) y el Sector A – 6, en línea quebrada de dos tramos: 1er tramo de 56.16 ml., 2do. Tramo de 113.07 ml.

- OESTE: con el Programa Municipal de Vivienda San Antonio (Sector A – 1) en línea recta de 45.41 ml. Inscrito en la Partida Registral Nº 11002030.

La petición es formulada por la Sub Gerencia de Planeamiento Control Urbano y Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto, por lo que en adelante debe considerarse de oficio conforme a lo establecido en el Art. 103 numeral 3 del Decreto Supremo Nº 022- 2016- VIVIENDA;

Que, considerando la Carta Nº 29-2019-JCCHH/SGCUAT/MPMN el Arquitecto Julio Cesar Chahua Huarachi concluye que el ESTUDIO TECNICO SUSTENTARIO PARA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DEL SECTOR A-11 C. P. SAN ANTONIO ha cumplido con la totalidad de procedimientos administrativos y cuenta con la documentación legal necesario, según lo indicado en el Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA;

Que, con Informe Nº 393-2019-AST/SPCUAT/GDUAAT/MPMN del Ingeniero Percy Ramos Vera – Área de Servicios Técnicos concluye que se ha cumplido con todo el procedimiento establecido para la aprobación del cambio de zonificación propuesto, por lo cual es de opinión que el estudio del Cambio de Zonificación del Sector A – 11 del Centro Poblado de San Antonio, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, técnicamente se encuentra conforme;

Que, el Sub Gerente de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial, mediante Informe Nº 2166-2019-SGPCUAT/GDUAAT/GM/MPMN señala que se han cumplido con todos los procedimientos establecidos para la aprobación del cambio de zonificación del SECTOR A – 11, C.P. SAN ANTONIO, y mediante Informe Nº559-2019-CEMA-AL.GDUAAT/GM/MPMN, de fecha 16 de diciembre del 2019, el Abog. Ciro Melo Avalos, Asesor Legal de la GDUAAT, informa que la propuesta final de cambio de Zonificación del Sector A-11, CP. San Antonio, debe ser aprobada mediante Ordenanza Municipal;

Que, revisado el expediente administrativo presentado por la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial donde se expone que el Cambio de Zonificación del SECTOR A – 11, C.P. SAN ANTONIO, en su etapa de elaboración cumple con las normas legales vigentes de acuerdo a lo normado por el numeral 36.1 del artículo 36 del Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA, constituyendo las Propuesta Final de Cambio de Zonificación del SECTOR A – 11, C.P. SAN ANTONIO;

Que, con Informe Legal Nº 978-2019-GAJ/GM/MPMN de fecha 31 de diciembre del 2019, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión legal señalando que es procedente que, mediante Acuerdo de Concejo, se apruebe la Ordenanza Municipal que apruebe la MODIFICACION DE ZONIFICACIÓN del SECTOR A – 11, C.P. SAN ANTONIO;

Que, en “Sesión Ordinaria” de fecha 28 de febrero del 2020, el Dictamen Nº 004-2020-CODUAyAT-MPMN de registro Nº2006234 de fecha 26 de febrero del 2020, sobre cambio de Zonificación del Sub Sector A-11 del Centro Poblado de San Antonio;

Que, mediante Acuerdo de Consejo Nº015-2020-MPMN de fecha 02 de Marzo del 2020, se acordó Aprobar la Modificación de la Zonificación del Sector A-11, CP. San Antonio.

POR CUANTO:

El Concejo Provincial de “Mariscal Nieto en uso de las facultades concedidas por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972 de fecha 26-05-2003, Ley Nº 8230 del 03-04-1936 y Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA, ha aprobado en “Sesión Ordinaria” de fecha 20 de febrero del 2020 el Acuerdo de Concejo Nº 015-2020-MPMN, lo siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL CAMBIO

DE ZONIFICACIÓN DEL SECTOR A – 11, C.P.

SAN ANTONIO

Artículo Primero.- APROBAR la MODIFICACIÓN DE LA ZONIFICACIÓN del SECTOR A – 11, C.P. SAN Antonio, que aprueba:

- De Zona de Recreación Publica (ZRP) a Vías un área de 1,064.10 m2

- De Zona de Recreación Publica (ZRP) a Residencial de Densidad Media (RDM) un área de 948.31 m2

- De Zona de Reglamentación Especial – 07 (ZRE-07) a Residencial de Densidad Media (RDM) un área de 4,103.25 m2

- De vías a Residencial de Densidad Media (RDM) un área de 96.57 m2

- De Zona de Reglamentación Especial – 07 (ZRE-07) a vías un área de 540.96 m2

Artículo Segundo.- APROBAR LA MODIFICACIÓN del Plan de Desarrollo Urbano Sostenible Moquegua - Samegua aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 009-2018-MPMN, en el extremo aprobado por el Artículo Primero.

Artículo Tercero.- ENCARGAR al Gerente de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial los trámites para la publicación en “El Peruano” y vigencia de la presente Ordenanza y al responsable de Informática para que publique en el portal web de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto, la presente.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

ABRAHAM ALEJANDRO CARDENAS ROMERO

Alcalde

1867990-1