Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Barranco para el ejercicio 2020

Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Barranco para el ejercicio 2020

ORDENANZA Nº 544-2020-MDB

Barranco, 29 de mayo de 2020

POR CUANTO:

El Concejo Municipal Distrital de Barranco, en sesión ordinaria de la fecha;

VISTOS:

El oficio Nº 026-2020-CODISEC que remite el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana y anexos, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 1 establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado;

Que, asimismo el artículo 2º numeral 22) establece que toda persona tiene derecho a la paz, a la integridad, al disfrute del tiempo libre y el descanso, así mismo a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, por ello, el Estado asume la obligación de adoptar medidas adecuadas para salvaguardar este derecho;

Que, mediante Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) como un sistema funcional que tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de las políticas públicas en materia de seguridad ciudadana y la actuación del Estado Peruano en sus tres niveles de gobierno;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2019-IN de fecha 09MAY2019, en el artículo 46º se establece que, los planes de acción de seguridad ciudadana son los instrumentos de gestión que orientan el quehacer en materia de seguridad ciudadana en los ámbitos regional, provincial y distrital. Dichos instrumentos deben estar alineados al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana y a sus medidas sectoriales, y articulados con los instrumentos del SINAPLAN;

Que, mediante Directiva Nº 011-2019-IN-DGSC aprobada por Resolución Ministerial Nº 2056-2019-IN se establece los lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana;

Que, mediante documento del visto, el Secretario Técnico del CODISEC de Barranco remite el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana declarado APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN en cumplimiento de lo establecido en la Directiva Nº 011-2019-IN-DGSC , a fin que se proceda con su aprobación por parte del concejo mediante Ordenanza Municipal;

Estando a lo informado por la Secretaria Técnica del CODISEC de Barranco, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9ª y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por MAYORÍA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la siguiente:

ORDENANZA

Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE BARRANCO para el año 2020, que en Anexo, forma parte integrante de la presente ordenanza.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Fiscalización y Seguridad Ciudadana, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el diario oficial El Peruano y a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información, la publicación de la Ordenanza y su anexo Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Barranco en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Barranco (www.munibarranco.gob.pe).

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JOSÉ JUAN RODRÍGUEZ CÁRDENAS

Alcalde

1867381-1