Designan fedatario de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú

Designan fedatario de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú

RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA

Nº 040-2020-INBP

San Isidro, 4 de junio de 2020.

VISTA:

La Nota Informativa Nº 342-2020-INBP/OA/URH de la Unidad de Recursos Humanos, de la Oficina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1260 se fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y se regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio del Interior que ejerce rectoría en materia de prevención, control y extinción de incendios, atención de accidentes, rescate urbano y apoyo en incidentes con materiales peligrosos, estableciendo su ámbito de competencia, funciones generales y estructura orgánica;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2017-IN, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, que tiene por finalidad definir y delimitar las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, así como definir su estructura orgánica hasta el tercer nivel organizacional siendo de aplicación a todos los órganos y unidades orgánicas de la INBP;

Que, por Resolución Suprema N° 079-2019-IN del 03 de agosto de 2019 se designó al señor Abog. Luis Antonio Ponce La Jara en el cargo de Intendente Nacional de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú;

Que, de conformidad con los artículos 7° y 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, el Intendente Nacional es la más alta autoridad de la entidad, ejerce las funciones ejecutivas de dirección, es el titular del pliego y ejerce la representación legal de la entidad; asimismo, tiene entre sus funciones la de designar y remover a los funcionarios, directivos públicos y servidores de confianza de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú;

Que, el artículo 138° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, regula el Régimen de Fedatarios en las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1) que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; asimismo, el numeral 2) del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima, comprobar y autenticar la fidelidad del contenido de las copias presentadas para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregados como prueba;

Que, en este escenario, se emitió la Resolución de Intendencia N° 098-2019-INBP de fecha 03 de julio de 2019, que designa como fedatarios de la INBP a la señorita Fabiola Franco Castro y al señor José Luis Churasacari Mayta;

Que, mediante la Nota Informativa Nº 342-2020-INBP/OA/URH la Unidad de Recursos Humanos hace de conocimiento de este Despacho que con fecha 30 de abril de 2020 concluyó en vinculo laboral entre el señor José Luis Churasacari Mayta y la INBP, con lo cual la INBP cuenta con una solo fedatario para el desarrollo de las labores propias de dicha función; asimismo, propuso la designación de la servidora Karin Yesenia Fernández Merino, profesional de la Oficina de Planificación y Presupuesto, como fedataria en reemplazo del señor José Luis Churasacari Mayta.

Que, la Gerencia General de la INBP, en el marco de lo dispuesto en el artículo 10° numeral 6 del Reglamento de Organización y Funciones de la INBP, es la encargada de certificar la autenticidad de las normas y documentos emitidos por las instancias de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú;

Que, en atención a lo señalado por la Unidad de Recursos Humanos, resulta pertinente la designación de un nuevo fedatario en la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú;

Que, en uso de las facultades de las que está investido el Representante Legal de la Institución de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 1260 y en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones de la INBP aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2017-IN; y con el visto bueno de la Gerencia General, de la Oficina de Asesoría Jurídica de la INBP y la Unidad de Recursos Humanos;

SE RESUELVE:

Articulo 1°.- DESIGNAR, a partir de la fecha como fedatario de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, en adición a sus funciones administrativas, a la servidora Karin Yesenia Fernández Merino.

Articulo 2°.- Los fedatarios de la Intendencia Nacional de Bomberos Voluntarios del Perú, realizarán sus labores de acuerdo al Régimen de Fedatario previsto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Articulo 3°.- DISPONER que la Oficina de Comunicación Social realice la publicación de la presente Resolución en el Portal de la página institucional: www.inbp.gob.pe, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial el Peruano.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

LUIS A. PONCE LA JARA

Intendente Nacional de Bomberos del Perú

1867409-1