Cesan por límite de edad a Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Piura

Cesan por límite de edad a Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Piura

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000066-2020-P-CE-PJ

Lima, 2 de junio del 2020

VISTO:

El Oficio Nº 000015-I-2020-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, con relación al cese por límite de edad del doctor Jorge Hernán Ruíz Arias, Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Piura.

CONSIDERANDO:

Primero. Que por Resolución del Consejo Nacional de la Magistratura Nº 404-2009-CNM, del 19 de agosto de 2009, se nombró al señor Jorge Hernán Ruíz Arias en el cargo de Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Piura.

Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por alcanzar la edad límite de setenta años, conforme lo establece el artículo 107°, numeral 9), de la Ley de la Carrera Judicial.

Tercero. Que, al respecto, del Oficio Nº 000015-I-2020-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial; así como de la ficha del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, partida de nacimiento y documento de identidad, que se adjunta en fotocopia, aparece que el nombrado Juez Superior nació el 5 de junio de 1950; y que el 5 de junio del año en curso cumplirá setenta años; correspondiendo disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo establecido en la precitada normatividad.

Cuarto. Que, asimismo, es necesario tener en consideración que mediante Resolución Administrativa Nº 258-2017-CE-PJ, del 14 de agosto de 2017, se dispuso que el cese por límite de edad, a que se refiere el artículo 107º, inciso 9), de la Ley de la Carrera Judicial, se ejecutará el día siguiente en que el Juez cumple setenta años.

Quinto. Que es menester señalar que el doctor Jorge Hernán Ruíz Arias se desempeñó como Juez de Paz de Primera Nominación del Distrito de Querocotillo, Sullana, en los años 1983 y 1984; también se desempeñó como Juez provisional y suplente de agosto de 1992 al mes de mayo de 2006.

El mencionado juez ingresó a la carrera judicial en el cargo de Juez Mixto titular de Ayabaca, Distrito Judicial de Piura, mediante Resolución N° 186-2006-CNM del Consejo Nacional de la Magistratura, de fecha 26 de mayo de 2006. Posteriormente, fue nombrado Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Piura.

Sexto. Que, asimismo, el doctor Jorge Hernán Ruíz Arias desempeñó el cargo de Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura en el periodo de 2017-2018, y durante su gestión se preocupó por el fortalecimiento de la función jurisdiccional antes y después del fenómeno climático del Niño Costero, para lo cual se dispuso el traslado de los órganos jurisdiccionales y administrativos que funcionaban en la Sede Central, Castilla y Catacaos a 12 locales alquilados; se restauraron un aproximado de 28 mil expedientes en materia penal, familia y multas; y se instauró la brigada judicial de emergencia, que apoyó al personal judicial que sufrió afectaciones a sus viviendas con la inundación.

También logró la transferencia de un predio de 50 hectáreas al Poder Judicial por parte de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, en donde se construirá la “Ciudad de la Justicia de Grau”.

El doctor Ruiz Arias puso especial empeño en el fortalecimiento del servicio de justicia, en las siguientes áreas:

a) Penal: Se ejecutó el programa “Juicio iniciado, juicio terminado”, poniéndose en práctica dicho programa en el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial y hasta fines de 2018 se resolvieron 376 procesos comunes, lo cual significó el incremento del triple de la producción mensual anterior. En marzo del año 2018 empezó el funcionamiento de los juzgados especializados en Delitos de Corrupción de Funcionarios en Piura, siendo los primeros en funcionar en el interior del país; así como, se instaló la Mesa de Partes Única y se realizó un taller de inducción. También se instaló el sistema de videoconferencia en el Establecimiento Penal de Piura.

b) Laboral: Se implementó la Nueva Ley Procesal del Trabajo, para lo cual se creó los Módulos Corporativos Laborales de Piura y Paita.

c) Civil: Se implementó el Programa denominado la Minka de Descarga Procesal, por el cual en el año 2017, se emitió 1103 sentencias; y el 2018 se emitió 1400 sentencias.

d) Familia: Se dictaron 4642 medidas de protección a favor de víctimas de violencia y se emitieron 6484 sentencias en el año 2018; así como 5337 en el año 2017.

También se impulsó el programa “Depósitos Alimentarios a Casa”, con lo que se ganó el concurso “Premio Certificación ISO a las Buenas Prácticas 2017”.

Aunado a ello, también trabajó en el fortalecimiento del Sistema de Transparencia, se capacitó a más de 20,000 ronderos; se impulsó la formación del Frente Anticorrupción de Piura, que lo presidió. Asimismo, logró la donación de inmuebles, se adquirió equipos de cómputo y se implementó el edicto judicial electrónico

A lo largo de su carrera profesional, en los cargos que desempeñó en este Poder del Estado, contribuyó a mejorar el servicio de administración de justicia, lo cual merece ser reconocido por el Poder Judicial.

Por estos fundamentos, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa N° 101-2011-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2011.

RESUELVE:

Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 6 de junio del presente año, al doctor Jorge Hernán Ruíz Arias en el cargo de Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Piura.

Artículo Segundo.- Expresar reconocimiento y agradecimiento institucional al doctor Jorge Hernán Ruíz Arias, por los servicios prestados a la Nación.

Artículo Tercero.- Comunicar a la Junta Nacional de Justicia que se ha producido una plaza vacante de juez superior en la Corte Superior de Justicia de Piura, para las acciones respectivas.

Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Junta Nacional de Justicia, Corte Superior de Justicia de Piura, Gerencia General del Poder Judicial; y al mencionado juez, para su conocimiento y fines consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO

Presidente

1867236-8