Amplían prórroga dispuesta en la Res. Adm. N° 009-2020-FMP/CE/SG

Amplían prórroga dispuesta en la Res. Adm. N° 009-2020-FMP/CE/SG

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 010- 2020-FMP/CE/SG

Lima, 13 de abril de 2020

CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, se estableció la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como organismo autónomo e independiente, en armonía con las normas y principios establecidos en la Constitución Política del Perú;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 064-2020-PCM de fecha 10 de abril del 2020 se ha ampliado hasta el 26 de abril de 2020, la prórroga dispuesta por Decreto Supremo Nº 051-2020-PCM de fecha 27 de marzo del 2020, del Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM de fecha 15 de marzo del 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19;

Que, el artículo 5º de la citada Ley N° 29812, modificado por Decreto Legislativo Nº 1096 y Ley Nº 29955, establece que el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial es el máximo órgano de gobierno y administración del Fuero Militar Policial;

Que, el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, en concordancia con lo dispuesto por el Gobierno Nacional; acordó ampliar a partir del 13 de abril hasta el 26 de abril del 2020, la prórroga dispuesta por Resolución Administrativa N° 009-2020-FMP/CE/SG de fecha 31 de marzo de 2020, de la vigencia de la Resolución Administrativa N° 008-2020-FMP/CE/SG de fecha 16 de marzo de 2020, mediante la cual se suspendió de toda actividad jurisdiccional, fiscal y administrativa en el Fuero Militar Policial;

Que, asimismo, se acordó que en vía de regularización, con eficacia anticipada, conforme a lo previsto por el artículo 17.1 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, se proceda a la publicación en el diario oficial “El Peruano” de la Resolución Administrativa N° 009-2020-FMP/CE/SG de fecha 31 de marzo de 2020 y de la Resolución Administrativa N° 008-2020-FMP/CE/SG de fecha 16 de marzo de 2020; las mismas que ya se encuentran publicadas en el Portal Institucional del Fuero Militar Policial (www.fmp.gob.pe).

De conformidad con los fundamentos expuestos y en uso de sus atribuciones establecidas en el artículo 23º, inciso 1) del Reglamento de la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Ampliar a partir del 13 de abril hasta el 26 de abril de 2020, la prórroga dispuesta por Resolución Administrativa N° 009-2020-FMP/CE/SG de fecha 31 de marzo de 2020; de la vigencia de la Resolución Administrativa N° 008-2020-FMP/CE/SG de fecha 16 de marzo de 2020, mediante la cual se suspendió de toda actividad jurisdiccional, fiscal y administrativa en el Fuero Militar Policial.

Artículo 2°.- Prorrogar durante el periodo de ampliación indicado en el Artículo 1° de la presente Resolución Administrativa, la vigencia de todos los extremos de la Resolución Administrativa N° 009-2020-FMP/CE/SG de fecha 31 de marzo de 2020.

Artículo 3°.- Disponer la publicación en el diario oficial “El Peruano” de la Resolución Administrativa N° 009-2020-FMP/CE/SG de fecha 31 de marzo de 2020, de la Resolución Administrativa N° 008-2020-FMP/CE/SG de fecha 16 de marzo de 2020; y, de la presente Resolución Administrativa;

Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Administrativa en el Portal Institucional del Fuero Militar Policial (www.fmp.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JULIO ENRIQUE PACHECO GAIGE

Presidente del Consejo Ejecutivo

del Fuero Militar Policial

1865523-3