Aprueban el Plan Anual de Transferencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Año 2020

Aprueban el “Plan Anual de Transferencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Año 2020”

resolución ministerial

073-2020-MIMP

Lima, 10 de abril de 2020

Vistos, el Informe N° D000003-2020-MIMP-OGD y comunicación electrónica de fecha 8 de abril de 2020 de la Oficina de Gestión Descentralizada, la Nota N° D000031-2020-MIMP-OGMEPGD de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada y el Informe N° D000063-2020-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, establecida en el artículo 188 de la Constitución Política del Perú, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país, disponiéndose que el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales;

Que, por su parte, el artículo 3 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, dispone que la descentralización tiene como finalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país mediante la separación de competencias y funciones y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en beneficio de la población;

Que, conforme a lo dispuesto por el literal b) del numeral 11.3 de la Directiva N° 005-CND-P-2005, “Procedimiento para la Formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, aprobada por Resolución Presidencial N° 081-CND-P-2005, el Plan Anual de Transferencia Sectorial deberá ser aprobado por Resolución Ministerial y ser presentado a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, incluyendo las Matrices correspondientes del Anexo 3 de dicha Directiva;

Que, con Resolución Ministerial N° 802-2006-MIMDES del 20 de octubre de 2006, modificada por Resolución Ministerial N° 125-2012-MIMP y Resolución Ministerial N° 245-2012-MIMP se constituyó la Comisión Sectorial de Transferencia de los Programas Sociales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, hoy Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a cargo de elaborar los Planes Anuales de Transferencia Sectorial a partir del año 2007, precisándose que la Oficina de Gestión Descentralizada de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, actuará como Secretaría Técnica de la Comisión;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 165-2016-MIMP, se aprueba el “Manual de Procedimientos-MAPRO de los Órganos de Administración Interna del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el cual considera el procedimiento “Formulación del Plan Anual de Transferencias de Competencia Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”;

Que, el Plan Operativo Institucional (POI) 2020 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2020 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 336-2019-MIMP, considera la actividad operativa “Acciones de gestión de información, seguimiento, evaluación de políticas y gestión descentralizada” dentro de la cual se contempló como tarea interna la “Formulación y seguimiento del Plan Anual de Transferencia”;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal b) del artículo 36 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias, la Oficina de Gestión Descentralizada de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, es la unidad orgánica responsable de formular y proponer en coordinación con las unidades orgánicas y programas nacionales el Plan Anual Sectorial de Transferencias, de acuerdo a la normatividad vigente.

Que, en tal sentido mediante Nota N° D000031-2020-MIMP-OGMEPGD la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada remite el Informe N° D000003-2020-MIMP-OGD, precisado con la comunicación electrónica de fecha 8 de abril de 2020, por los cuales la Oficina de Gestión Descentralizada, sustenta la necesidad de la aprobación del Plan Anual de Transferencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Año 2020, que adjunta y como anexo forma parte integrante de la presente resolución;

Que, en el mencionado Informe N° D000003-2020-MIMP-OGD, se señala que el referido Plan a aprobarse ha sido elaborado según las pautas de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros contenidas en su Oficio Múltiple N° 00008-2020-PCM/SD, así como teniendo en cuenta los aportes y sugerencias alcanzadas por las unidades orgánicas de los Despachos Viceministeriales de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el mismo que ha sido aprobado por unanimidad, en la Septuagésima Séptima Sesión de la Comisión Sectorial de Transferencia de los Programas Sociales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, según Acta de fecha 13 de marzo de 2020, encargándose a la Secretaría Técnica, proceder con las acciones pertinentes para la emisión de la resolución ministerial correspondiente;

Que, a través del Informe N° D000063-2020-MIMP-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que en el marco de la normativa expuesta y teniendo en cuenta lo sustentado por la unidad orgánica competente de la entidad, resulta legalmente procedente aprobar el “Plan Anual de Transferencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Año 2020”;

Con la visación del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Secretaria General, de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones y modificatoria, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias y la Resolución Presidencial N° 081-CND-P-2005;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el “Plan Anual de Transferencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Año 2020”, que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Gestión Descentralizada de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada el seguimiento al Cumplimiento del “Plan Anual de Transferencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Año 2020”.

Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Artículo 4.- Disponer que la presente Resolución y su Anexo sean publicados en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la Resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA

Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

1865550-1