Pasan a la situación de retiro a Embajadores en el Servicio Diplomático de la República

RESOLUCIÓN SUPREMA

N° 049-2020-RE

Lima, 7 de abril de 2020

VISTO:

El Informe (OAP) N° 078/2020, de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 3 de abril de 2020;

CONSIDERANDO:

Que, el inciso a) del artículo 18 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado definitivamente de la situación de actividad al cumplir los setenta años de edad o veinte años en cualquier categoría, lo que ocurra primero;

Que, el artículo 44 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobada por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, establece que el pase a la situación de retiro al cumplir los 70 años de edad o 20 años en cualquier categoría, se hará efectivo de oficio, mediante Resolución Suprema, la determinación de los 20 años en la categoría se efectuará previo informe de la Oficina General de Recursos Humanos;

Que, la Oficina General de Recursos Humanos, mediante el Informe (OAP) N° 078/2020, ha señalado que el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos Manuel Alfredo Velasco Mendiola, cumplirá el 10 de abril de 2020, 70 años de edad, por lo que corresponde su pase a la situación de retiro, según lo dispuesto en la Ley N° 28091; y,

De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias, el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos Manuel Alfredo Velasco Mendiola, el 10 de abril de 2020, por cumplir en la citada fecha setenta años de edad.

Artículo 2.- Dar las gracias al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos Manuel Alfredo Velasco Mendiola, por los importantes servicios prestados a la Nación.

Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO

Presidente de la República 

GUSTAVO MEZA-CUADRA V.

Ministro de Relaciones Exteriores

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