Delegan en el Director del Centro Cultural Inca Garcilaso en representación del Ministerio la facultad de suscribir convenio de colaboración con diversas instituciones para la implementación de CANOA Red Panhispánica para la internalización de la cultura en español

Delegan en el Director del Centro Cultural Inca Garcilaso, en representación del Ministerio, la facultad de suscribir convenio de colaboración con diversas instituciones para la implementación de CANOA, Red Panhispánica para la internalización de la cultura en español

resolución ministerial

n° 0334-2020-re

Lima, 28 de mayo de 2020

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0167-2020-RE de fecha 25 de febrero de 2020, se designó al Embajador en el Servicio Diplomático de la República del Perú, Carlos Andrés Miguel Herrera Rodríguez, en el cargo de Director del Centro Cultural Inca Garcilaso, de la Dirección General para Asuntos Culturales;

Que, el artículo 127 literal e) del Decreto Supremo N° 135-2010-RE, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, establece que el Centro Cultural Inca Garcilaso tiene como función específica promover la suscripción de convenios de cooperación con otras instituciones culturales nacionales o extranjeras, con el objeto de promover las actividades y el funcionamiento del Centro Cultural;

Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normativa así lo autorice;

Que, en ese marco, el artículo 9 de la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, dispone, entre otros aspectos, que el Ministro es la más alta autoridad política del Sector Relaciones Exteriores y es el titular del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, pudiendo desconcentrar en los empleados públicos de su Ministerio, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función. Asimismo, el literal u) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, establece que el Ministro de Relaciones Exteriores puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función de Ministro de Estado, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

Que, se viene gestionando la suscripción del Convenio de Colaboración / Acuerdo Internacional No Normativo (AINN) entre el Instituto Cervantes del Reino de España, El Centro Cultural Inca Garcilaso del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, el Instituto Caro y Cuervo de Colombia y la Universidad Nacional Autónoma de México para la implementación de CANOA, Red Panhispánica para la internalización de la cultura en español;

Que, se ha visto por conveniente delegar en el Director del Centro Cultural Inca Garcilaso, la facultad de suscribir exclusivamente el convenio de colaboración a que se hace referencia en el párrafo precedente;

Con el visado de la Dirección General para Asuntos Culturales, de la Dirección General de Tratados y la Oficina General de Asuntos Legales, y;

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Decreto Supremo N° 135-2010-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Delegar en la persona del Embajador en el Servicio Diplomático de la República del Perú Carlos Andrés Miguel Herrera Rodríguez, Director del Centro Cultural Inca Garcilaso, la facultad de suscribir, en representación del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Convenio de Colaboración / Acuerdo Internacional No Normativo (AINN) entre el Instituto Cervantes del Reino de España, El Centro Cultural Inca Garcilaso del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, el Instituto Caro y Cuervo de Colombia y la Universidad Nacional Autónoma de México para la implementación de CANOA, Red Panhispánica para la internalización de la cultura en español.

Artículo 2°.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General para Asuntos Culturales y al Director del Centro Cultural Inca Garcilaso.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Gustavo Meza-Cuadra V.

Ministro de Relaciones Exteriores

1867080-1