Aprueban Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental-PLANEFA 2020 del distrito de Carabayllo

Aprueban Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental-PLANEFA 2020 del distrito de Carabayllo

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Nº 012-2020-A/MDC

Carabayllo, 4 de febrero de 2020

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

CARABAYLLO

VISTOS: Los Informes Nº 001-2020-SGMA-GSCMA/MDC y Nº 026-2020-SGMA-GSCMA/MDC de fecha 02 y 24 de enero de 2020, respectivamente, emitidos por la Subgerencia de Medio Ambiente; Los Informes Legales Nº 042-2020-GAJ/MDC y Nº 072-2020-GAJ/MDC, de fecha 21 de enero y 03 de febrero de 2020, respectivamente, emitidos por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Informe Nº 038-2020-GPPCI/MDC, de fecha 27 de enero de 2020, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional, respecto al Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental-PLANEFA 2020, del distrito de Carabayllo;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, mediante la Ley Nº 29325, se creó el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental a cargo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, como ente rector, el cual rige para toda persona natural o jurídica, pública o privada, principalmente para las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas y, de supervisar y garantizar que, las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental, se cumplan;

Que, la Resolución Ministerial Nº 247-2013-MINAM, que aprueba el Régimen Común de Fiscalización Ambiental en el numeral 6.1 de su Artículo 6º, establece que el Plan Anual de Fiscalización Ambiental – PLANEFA, es un instrumento de planificación a través del cual cada Entidad de Fiscalización Ambiental programa las acciones de fiscalización a su cargo, a ser efectuadas en el año fiscal correspondiente;

Que, mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA/CD se aprobaron los Lineamientos para la Formulación, Aprobación, Seguimiento y Evaluación del Cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA y, en el Artículo 1º señala: “La presente norma tiene por objeto establecer los lineamientos que orienten y faciliten a las Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA) la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (Planefa)”; asimismo en el numeral 8.1 del Artículo 8º se precisa que el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental-PLANEFA, es aprobado mediante Resolución por el titular de la Entidad de Fiscalización Ambiental, por lo que corresponde aprobarse mediante Resolución de Alcaldía;

Que, la Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2019-OEFA/CD, en su Artículo 1º, dispone: “Ampliar el plazo de aprobación de los Planes Anuales de Evaluación y Fiscalización Ambiental - Planeta, a cargo de las Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA), correspondientes a los años 2019 y 2020 hasta el 31 de marzo de 2019, siempre que se adecúen a los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - Planeta”, aprobados mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 004-2019-OEFA/CD”;

Que, mediante Informe Nº 001-2020-SGMA-GSCMA/MDC la Subgerencia de Medio Ambiente presenta el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental-PLANEFA 2020 del distrito de Carabayllo; y, mediante el Informe Nº 026-2020-SGMA-GSCMA/MDC, detalla los motivos para la demora en la elaboración del referido PLANEFA;

Que, mediante el Informe Nº 038-2020-GPPCI/MDC, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional, señala que la solicitud de Disponibilidad Presupuestal para la aprobación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental-PLANEFA 2020, por el monto de S/107,743.00, será atendida con cargo al Presupuesto del ejercicio presupuestal 2020, en la Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados y Recursos Directamente Recaudados, de acuerdo a los requerimientos y sujeto a Disponibilidad Financiera; y, mediante el Informe Nº 072-2020-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina favorablemente respecto a la aprobación del mencionado PLANEFA;

Que mediante el Informe Nº 014-2020-GSCMA-MDC, la Gerencia Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, solicita la aprobación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental-PLANEFA 2020, mediante la emisión de la Resolución de Alcaldía correspondiente;

Estando a lo informado y ejerciendo las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y con el Visto Bueno de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal;

RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental-PLANEFA 2020 del distrito de Carabayllo, el mismo que forma parte de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, Subgerencia de Medio Ambiente y Sub Gerencia de Fiscalización Administrativa y Control, el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución de Alcaldía.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General y a la Subgerencia de Logística, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el diario oficial El Peruano; y, a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística, su publicación en el Portal Institucional: www.municarabayllo.gob.pe

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

MARCOS LORENZO ESPINOZA ORTIZ

Alcalde

1863073-1