Disponen diversas medidas administrativas en el Distrito Judicial de La Selva Central

Disponen diversas medidas administrativas en el Distrito Judicial de La Selva Central

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 095-2020-CE-PJ

Lima, 4 de marzo de 2020

VISTO:

El Oficio Nº 000037-2020-CR-UETI-CPP-PJ, cursado por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Selva Central solicita que se amplíe las funciones del Juzgado Penal Colegiado del Distrito y Provincia de Chanchamayo, para conocer los procesos de inhibición, recusación y nulidad del Juzgado Penal Colegiado conformado del mismo distrito judicial; y la creación de un Juzgado Penal Colegiado Conformado.

Segundo. Que, la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal en el Informe Nº 000022-2020-MYE-ST-UETICPP/PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad, establece que el Juzgado Penal Colegiado Conformado con sede en el Distrito y Provincia de Satipo fue creado mediante Resolución Administrativa Nº 540-2015-P-CSJJU/PJ, con la finalidad de articular mecanismos para una adecuada administración de justicia, seguir fortaleciendo la reforma procesal y garantizar a la población el acceso al órgano jurisdiccional. En tal sentido, su vigencia está justificada, empero es necesario su reconformación respetando las competencias asignadas. Asimismo, respecto a la ampliación de funciones del Juzgado Penal Colegiado del Distrito y Provincia de Chanchamayo, es necesario otorgar su viabilidad, debido a que resulta necesario establecer el procedimiento a seguir ante la posible declaratoria de nulidad de los procesos seguidos por el Juzgado Penal Colegiado Conformado; por lo demás, con la ampliación de competencia se incrementaría la productividad del referido órgano jurisdiccional, optimizando su rendimiento.

Tercero. Que, de lo expuesto en el informe antes referido, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas para mejorar el servicio de administración de justicia, garantizando la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario, dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito.

Cuarto. Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 416-2020 de la décimo segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Disponer, con efectividad al 1 de marzo de 2020, las siguientes medidas administrativas en el Distrito Judicial de La Selva Central:

a) Reconformar el Juzgado Penal Colegiado Conformado con sede en el Distrito y Provincia de Satipo, el mismo que estará integrado por el 1º Juzgado Penal Unipersonal del Distrito y Provincia de Satipo, Juzgado Penal Unipersonal del Distrito y Provincia de Oxapampa y el Juzgado Penal Unipersonal del Distrito de Pichanaqui, Provincia de Chanchamayo; debiendo mantener la misma competencia territorial determinada mediante Resolución Administrativa Nº 540-2015-P-CSJJU/PJ.

b) Renombrar al Juzgado Penal Colegiado Permanente del Distrito y Provincia de Chanchamayo como Juzgado Penal Colegiado Permanente Supraprovincial del Distrito y Provincia de Chanchamayo; con competencia territorial en todo el distrito judicial, con excepción de la competencia territorial asignada al Juzgado Penal Colegiado Conformado.

c) Ampliar la competencia funcional del Juzgado Penal Colegiado Permanente Supraprovincial del Distrito y Provincia de Chanchamayo, para conocer los procesos del Juzgado Penal Colegiado Conformado del Distrito y Provincia de Satipo, solo en los casos que exista inhibición, recusación, y/o nulidad; y

d) Redistribuir la carga procesal del Juzgado Penal Colegiado Conformado que fue creado mediante Resolución Administrativa Nº 540-2015-P-CSJJU/PJ, al Juzgado Penal Colegiado Conformado del Distrito y Provincia de Satipo.

Artículo Segundo.- Disponer que en Distrito Judicial de La Selva Central, los expedientes a redistribuir son aquellos en los que no se haya iniciado juicio oral, con la finalidad de evitar el quiebre de los procesos en trámite.

Artículo Tercero.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Selva Central y al Gerente General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las medidas administrativas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución.

Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Selva Central; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO

Presidente

1862517-5