Aprueban el Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic - CITEagroindustrial Chavimochic

Aprueban el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic - CITEagroindustrial Chavimochic”

Instituto Tecnológico

de la Producción

Resolución Ejecutiva

Nº 034-2020-ITP/DE

Lima, 13 de febrero 2020

VISTO:

El Informe Nº 1-2019-ITP/CITEagroindustrial Chavimochic del 27 de noviembre de 2019, emitido por el Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic - CITEagroindustrial Chavimochic; el Informe Nº 929-2019-ITP/OA-CONT de fecha 30 de diciembre de 2019, emitido por la responsable de contabilidad, contenido en el Memorando Nº 14095-2019-ITP/OA de fecha 30 de diciembre de 2019, emitido por la Oficina de Administración; el Informe Nº 22-2020-ITP-OA-ABAST de fecha 8 de enero de 2020, emitido por la Coordinadora de Abastecimiento, contenido en el Memorando Nº 161-2020-ITP/OA de fecha 9 de enero de 2020, emitido por la Oficina de administración; el Memorando Nº 184-2020-ITP/OGRHH de fecha 28 de enero de 2020, emitido por la Oficina de Gestión de Recursos Humanos; el Informe Nº 39-2020-ITP/OPPM de fecha 31 de enero de 2020, emitido por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº 56-2020-ITP/OAJ de fecha 3 de febrero de 2020, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el artículo 2, los literales c) y d) del artículo 16 y el artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451, el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) promueve el consumo de recursos hidrobiológicos, productos agroindustriales y otros productos industriales de competencia del sector producción; y, cuando fuera necesario, la comercialización y distribución de los mismos, contando entre sus recursos directamente recaudados los que se generen de estas actividades;

Que, el numeral 44.2 del artículo 44 y el artículo 45 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, dispone que los ingresos propios provenientes del desarrollo de las actividades que realiza el ITP, así como de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica (CITE), constituyen tasas o tarifas, según correspondan, las cuales serán determinadas en cada caso, en el marco de la legislación vigente;

Que, de conformidad con el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1228 y el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones del ITP, los CITE púbicos del Sector Producción son órganos desconcentrados del ITP encargados de contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de las actividades de capacitación y asistencia técnica, asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica, investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actoras/es estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda;

Que, de acuerdo con el artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1228, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, los CITE públicos realizan sus intervenciones a través de servicios de (i) Transferencia Tecnológica, (ii) Capacitación en temas de producción, gestión, comercialización, tecnología, proveedores, mercados, tendencias, entre otros; (iii) Investigación, desarrollo e innovación; y, (iv) Difusión de información;

Que, mediante Resolución Ejecutiva Nº 201-2016-ITP/DE, se aprueba el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic - CITEagroindustrial Chavimochic”;

Que, mediante Informe Nº 1-2019-ITP/CITEagroindustrial Chavomochic de fecha 27 de noviembre de 2019, el CITEagroindustrial Chavimochic, remitió a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización para su aprobación la propuesta de modificación del Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic - CITEagroindustrial Chavimochic, el mismo que solicita la derogación del tarifario vigente;

Que, la Responsable de Contabilidad mediante el Informe Nº 929-2019-ITP/OA-CONT de fecha 30 de diciembre de 2019, informe contenido en el Memorando Nº 14095-2019-ITP/OA de fecha 30 de diciembre de 2019, emitido por la Oficina de Administración, señaló estar conforme con el cálculo de costo de depreciación;

Que, la Coordinadora de Abastecimiento mediante Informe Nº 22-2020-ITP-OA-ABAST de fecha 8 de enero de 2020, informe contenido en el Memorando Nº 161-2020-ITP/OA de fecha 9 de enero de 2020, emitido por la Oficina de Administración, señaló haber verificado el costo de los materiales fungibles y no fungibles los mismos que ha validado;

Que, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos mediante Memorando Nº 184-2020-ITP/OGRRHH de fecha 28 de enero de 2020, señaló estar conforme con el cálculo de mano de obra por minuto, del personal del CITEagroindustrial Chavimochic.

Que, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización en cumplimiento de sus funciones, mediante el Informe Nº 39-2020-ITP/OPPM del 31 de enero de 2020, emite opinión favorable para derogar el tarifario vigente y aprobar la propuesta del Tarifario de Servicios Tecnológicos CITEagroindustrial Chavimochic;

Que, por el Informe Nº 56-2020-ITP/OAJ del 3 de febrero de 2020, la Oficina de Asesoría Jurídica opinó que resulta jurídicamente viable derogar el tarifario vigente y aprobar la propuesta de Tarifario de Servicios Tecnológicos del CITEagroindustrial Chavimochic;

Que, con la aprobación de la propuesta de modificación del Tarifario de Servicios Tecnológicos del CITEagroindustrial Chavimochic se estaría poniendo a disposición de la ciudadanía nuevos servicios – lo cual es conforme a lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley n.º 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el artículo 11 de la Ley n.° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y sus modificatorias;

Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo n.º 004-2019-JUS, dispone que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular, establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; y el segundo parrado del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 88-2001-PCM dispone que toda modificación a la Resolución mencionada deberá aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el Diario Oficial “El Peruano”;

Con la visación de la Secretaría General, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Supremo n.º 88-2001-PCM, norma que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por el Decreto Supremo n.º 005-2016-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Derogar la Resolución Ejecutiva Nº 201-2016-ITP/DE publicada en el diario oficial el Peruano con fecha 13 de octubre de 2016, que aprobó el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic - CITEagroindustrial Chavimochic”.

Artículo 2.- Aprobar el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Agroindustrial Chavimochic - CITEagroindustrial Chavimochic”, en virtud de los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al anexo adjunto.

Artículo 3.- Publíquese la presente Resolución y su Anexo en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 4.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) publique la presente Resolución y su Anexo en el portal institucional (https://www.gob.pe/produce/itp) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SERGIO RODRÍGUEZ SORIA

Director Ejecutivo

Resolución Ejecutiva Nº 034-2020-ITP/DE

ANEXO

Denominación del Servicio Tecnológico

Requisitos

Unidad de Medida

Precio de Venta5

% UIT

Servicio de Transferencia Tecnológica

Servicios de Asistencia Técnica

1

Servicio de asistencia técnica - Especializada

Solicitud dirigida al Director/a del órgano6

Hora

30.00

0.6977

2

Servicio de asistencia técnica - Programa

Hora

40.00

0.9302

Servicio de Diseño, Desarrollo y/o mejora de productos (bienes y servicios)

3

Desarrollo de productos

Solicitud dirigida al/a la Director/a del órgano6

Producto

4,275.70

99.4349

Soporte Productivo - Planta Multipropósito

4

Elaboración de néctares o bebidas de frutas

Solicitud dirigida al Director/a del órgano6

Litro

0.60

0.0140

5

Elaboración de pulpas

Kilogramo

1.10

0.0256

6

Elaboración de almíbares

Kilogramo

0.80

0.0186

7

Elaboración de mermeladas

Kilogramo

1.50

0.0349

8

Deshidratados

Hora

10.50

0.2442

9

Harinas/Molienda

Kilogramo

0.90

0.0209

10

Elaboración de salsas o pastas

Kilogramo

1.90

0.0442

11

Elaboración de conservas o marinados

Kilogramo

2.70

0.0628

Servicios de Capacitación

Producción

12

Producción en la cadena agroindustrial

Solicitud dirigida al/a la Director/a del órgano6

Hora

23.50

0.5465

Gestión

13

Gestión en la cadena agroindustrial

Solicitud dirigida al/a la Director/a del órgano6

Hora

24.60

0.5721

Servicios de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+i)

Servicios de Laboratorio microbiológico

Análisis en aguas, bebidas y alimentos

14

Enumeración de Mohos o Levaduras1

Solicitud dirigida al Director/a del órgano6

Ensayo

43.30

1.0070

15

Enumeración de Coliformes Totales - NMP1

Ensayo

33.10

0.7698

16

Enumeración de Escherichia Coli1

Ensayo

51.30

1.1930

17

Enumeración de Stafphylococcus Aureus coagulasa positivo1

Ensayo

46.10

1.0721

18

Detección de Salmonella spp1

Ensayo

58.10

1.3512

19

Enumeración de aerobios mesófilos1

Ensayo

31.00

0.7209

20

Detección de Listeria Monocytogenes

Ensayo

97.50

2.2674

21

Detección de Salmonella spp

Ensayo

52.20

1.2140

22

Enumeración de aerobios mesófilos

Ensayo

28.70

0.6674

23

Enumeración de Bacillios Cereus

Ensayo

36.60

0.8512

24

Enumeración de bacterias ácido lácticas

Ensayo

41.40

0.9628

25

Enumeración de Coliformes Totales - NMP

Ensayo

28.40

0.6605

26

Enumeración de Escherichia Coli

Ensayo

40.00

0.9302

27

Enumeración Staphylococcus Aureus coagulasa positivo

Ensayo

39.10

0.9093

28

Enumeración de Mohos o Levaduras

Ensayo

34.20

0.7953

29

Enumeración de Coliformes Fecales NMP en agua

Ensayo

39.50

0.9186

30

Enumeración de Coliformes Totales NMP en agua

Ensayo

35.10

0.8163

31

Enumeración de Escherichia Coli en agua

Ensayo

44.40

1.0326

Análisis en superficies en contacto con alimentos y bebidas

32

Detección de Salmonella spp2

Solicitud dirigida al Director/a del órgano6

Ensayo

57.20

1.3302

33

Enumeración de Coliformes Totales2

Ensayo

33.10

0.7698

34

Enumeración de Staphylococcus Aureus coagulasa positivo2

Ensayo

44.80

1.0419

35

Detección de Listeria Monocytogenes

Ensayo

95.30

2.2163

36

Detección de Salmonella spp

Ensayo

50.20

1.1674

37

Enumeración de aerobios mesófilos

Ensayo

28.70

0.6674

38

Enumeración de Coliformes Totales

Ensayo

28.40

0.6605

39

Enumeración de Staphylococcus Aureus coagulasa positivo

Ensayo

38.20

0.8884

40

Enumeración de Mohos o Levaduras

Ensayo

33.60

0.7814

41

Estudio de validación de desinfectantes mediante recuento microbiano

Ensayo

75.00

1.7442

Control microbiológico en ambientes

42

Enumeración de Mohos o Levaduras3

Solicitud dirigida al/a la Director/a del órgano6

Ensayo

41.10

0.9558

43

Enumeración de aerobios mesófilos

Ensayo

29.90

0.6953

Estudios de vida útil en alimentos y bebidas

44

Estudio de vida útil mediante recuento microbiano

Solicitud dirigida al/a la Director/a del órgano6

Servicio

1,980.50

46.0581

Servicios de Laboratorio Fisicoquímico

45

Porcentaje de sal

Solicitud dirigida al/a la Director/a del órgano6

Ensayo

19.50

0.4535

46

Porcentaje de Brix - método refractometría

Ensayo

19.20

0.4465

47

Análisis de pH - método potenciómetro

Ensayo

19.00

0.4419

48

Porcentaje de humedad - método estufa

Solicitud dirigida al/a la Director/a del órgano6

Ensayo

20.10

0.4674

49

Análisis de granulometría

Ensayo

21.40

0.4977

50

Análisis de ceniza - método gravimétrico

Ensayo

19.40

0.4512

51

Análisis de acidez

Ensayo

19.80

0.4605

52

Análisis de consistencia - consistómetro de bostwick

Ensayo

18.90

0.4395

53

Análisis de sólidos totales - método estufa

Ensayo

20.10

0.4674

Servicios de Competencias Laborales

54

Acondicionamiento de materia prima para la Producción de Conservas en la Unidad de Competencia 1 - Recepcionar la materia prima

Solicitud dirigida al/a la Director/a del órgano6

Por persona

520.90

12.1140

55

Acondicionamiento de Materia Prima para la Producción de Conservas en la Unidad de Competencia 2 - Habilitar la materia prima

Por persona

557.50

12.9651

56

Pulpeado de frutas en la Unidad de Competencia 1 - Limpiar y desinfectar la materia prima

Por persona

543.50

12.6395

57

Pulpeado de frutas en la Unidad de Competencia 2 - Habilitar la materia prima para el despulpado

Por persona

585.50

13.6163

58

Pulpeado de frutas en la Unidad de Competencia 3 - Extraer la pulpa de la fruta

Por persona

579.80

13.4837

59

Manejo de cultivo de Frutas en la Unidad de Competencia 1 – Realizar la siembra en el campo de cultivo de frutas

Por persona

451.30

10.4953

60

Manejo de cultivo de Frutas en la Unidad de Competencia 2 - Efectuar el mantenimiento agronómico del cultivo de frutas

Por persona

392.60

9.1302

61

Manejo de cultivo de Frutas en la Unidad de Competencia 3 - Cosechar los frutos del campo de cultivo

Por persona

325.80

7.5767

62

Manejo de Sistemas de Riego Tecnificado en la Unidad de Competencia 1 - Operar el sistema de riego tecnificado

Por persona

440.00

10.2326

63

Manejo de Sistemas de Riego Tecnificado en la Unidad de Competencia 2 - Efectuar el mantenimiento del sistema riego tecnificado

Por persona

425.70

9.9000

64

Evaluación y aplicación Fitosanitaria en la Unidad de Competencia 1 - Evaluar las condiciones fitosanitarias

Por persona

321.60

7.4791

65

Evaluación y aplicación Fitosanitaria en la Unidad de Competencia 2 - Brindar tratamientos fitosanitario

Por persona

515.50

11.9884

Nota:

1 Servicio Tecnológico acreditado para el análisis en aguas, bebidas y alimentos.

2 Servicio Tecnológico acreditado para el análisis en superficies en contacto con alimentos y bebidas.

3 Servicio Tecnológico acreditado para el control microbiológico en ambientes.

4 Para servicios de capacitación, asistencia técnica, certificación de competencias y laboratorio que se ejecuten fuera del departamento de La Libertad, se realizará un cobro adicional al valor del servicio de acuerdo a la directiva vigente que establece el valor de viáticos del ITP por cada día que dure el servicio (más un día adicional por traslado) y se considerará el valor de los traslados (vía aérea o terrestre) de los prestadores de servicio y de los materiales para la prestación del mismo, que se calculará al momento de realizar la cotización de acuerdo a precios de mercado.

5 El precio de venta está expresado en soles e incluye el Impuesto General a las Ventas (IGV). El pago se hará en efectivo, cheque o transferencia bancaria a la cuenta del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), proporcionada por el CITEagroindustrial Chavimochic

6 La solicitud tiene carácter de Declaración Jurada y obligatoria según Formulario ITP-00-FR-0001.

7 La cantidad mínima de horas y número de participantes por tipo de servicio tecnológico es definida por el CITEagroindustrial Chavimochic, considerando la estructura de costos que dio origen al presente tarifario de servicios tecnológicos.

8 La actualización que se realice en cada año fiscal de la UIT no conlleva a una variación automática de las tarifas aprobadas.

1861130-1