Modifican el artículo 2 de la R.M. N° 502-2019-EF/43

Modifican el artículo 2 de la R.M. N° 502-2019-EF/43

Resolución Ministerial

Nº 104-2020-EF/43

Lima, 4 de marzo del 2020

CONSIDERANDO:

Que, con Resolución Ministerial N° 502-2019-EF/43 se delegan facultades en diversos funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas, en materia de contratación pública bajo el ámbito de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, entre otros;

Que, a fin de dotar de mayor fluidez a la ejecución de las contrataciones realizadas a través del método especial de contratación de Acuerdos Marco, de acuerdo con la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, es conveniente realizar precisiones a la delegación de facultades efectuada mediante Resolución Ministerial N° 502-2019-EF/43;

De conformidad con lo señalado en la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF; y en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 301-2019-EF/41;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Modifícase el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 502-2019-EF/43, en los siguientes términos:

“Artículo 2. Delegación en materia de contratación pública bajo el ámbito de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento

2.2 Delegar en el/la Director/a General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas, las siguientes funciones y atribuciones previstas en la Ley y su Reglamento:

(…)

c) Autorizar, modificar y/o resolver las contrataciones a realizarse a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, de conformidad con la Directiva N° 007-2017-OSCE/CD “Disposiciones Aplicables a los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco”, cuyo monto sea igual o superior a cien mil soles (S/ 100 000.00), o la que haga sus veces;

(…)

2.3 Delegar en el/la Director/a de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas, las siguientes funciones y atribuciones previstas en la Ley y su Reglamento:

(…)

c) Autorizar, modificar y/o resolver las contrataciones a realizarse a través de Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco, de conformidad con la Directiva N° 007-2017-OSCE/CD “Disposiciones Aplicables a los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco”, cuyo monto sea menor a cien mil soles (S/ 100 000.00), o la que haga sus veces.

(…)”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI

Ministra de Economía y Finanzas

1861843-1