Prorrogan funcionamiento de la Sala Laboral Transitoria del Distrito Provincia y Corte Superior de Justicia de Sullana

Prorrogan funcionamiento de la Sala Laboral Transitoria del Distrito, Provincia y Corte Superior de Justicia de Sullana

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 083-2020-CE-PJ

Sullana, 24 de febrero de 2020

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante el numeral 2.2.5 del Informe Nº 003-2020-OPJ-CNPJ-CE/PJ anexo al Oficio Nº 018-2020-OPJ-CNPJ-CE/PJ, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial tramitó el pedido efectuado por el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, para la reubicación de la Sala Laboral Transitoria del Distrito, Provincia y Corte Superior de Justicia de Sullana, hacia la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

Segundo. Que, por Resolución Administrativa Nº 052-2020-CE-PJ, se amplió el funcionamiento de la Sala Laboral Transitoria de Sullana, Corte Superior de Justicia del mismo nombre, hasta el 29 de febrero de 2020, en tanto se reciba la información complementaria requerida al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Sullana.

Tercero. Que, en sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, se ha evaluado la información complementaria requerida al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Sullana; y se determinó la necesidad de ampliar por un plazo de 3 meses, la prórroga de la Sala Laboral Transitoria del Distrito, Provincia y Corte Superior de Justicia de Sullana.

Cuarto. Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 362-2020 de la novena sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas, sin la intervención del señor Consejero Arévalo Vela por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Desestimar el pedido tramitado por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial respecto a la propuesta efectuada por el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo.

Artículo Segundo.- Prorrogar, a partir del 1 de marzo al 31 de mayo de 2020, el funcionamiento de la Sala Laboral Transitoria del Distrito, Provincia y Corte Superior de Justicia de Sullana.

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Oficina de Productividad Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Sullana, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO

Presidente

1860473-4