Dejan sin efecto la Res. Adm. N° 012-2020-CE-PJ y precisan inicio de prórroga del Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito y Provincia de Paita Corte Superior de Justicia de Piura

Dejan sin efecto la Res. Adm. Nº 012-2020-CE-PJ, y precisan inicio de prórroga del Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito y Provincia de Paita, Corte Superior de Justicia de Piura

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 069-2020-CE-PJ

Lima, 19 de febrero de 2020

VISTO

El Oficio Nº 095-2020-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursado por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial mediante Oficio Nº 095-2020-OPJ-CNPJ-CE/PJ informa que por Resoluciones Administrativas Nros. 012 y 036-2020-CE-PJ, se prorrogó por periodos diferentes el funcionamiento del Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito y Provincia de Paita, Corte Superior de Justicia de Piura, y que de acuerdo a lo coordinado con el Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, se propone que la prórroga sea por el plazo de dos meses.

Segundo. Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 337-2020 de la octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Álvarez Trujillo y Castillo Venegas, sin la intervención de los señores Consejeros Lama More y Pareja Centeno por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa Nº 012-2020-CE-PJ, de fecha 15 de enero de 2020.

Artículo Segundo.- Establecer que la prórroga del Juzgado de Trabajo Transitorio del Distrito y Provincia de Paita, Corte Superior de Justicia de Piura, será a partir del 1 de febrero al 31 de marzo de 2020.

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Oficina de Productividad Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Piura; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO

Presidente

1859899-1