Modifican el artículo 1 de la R.D. N° 305-2017-MTC/15 que aprueba la Directiva N° 001-2017-MTC/15 variando su denominación a Características Especificaciones Técnicas y de Seguridad que deben contener las licencias de conducir de las clases A y B y dictan otras disposiciones

Modifican el artículo 1 de la R.D. N° 305-2017-MTC/15 que aprueba la Directiva N° 001-2017-MTC/15, variando su denominación a “Características, Especificaciones Técnicas y de Seguridad que deben contener las licencias de conducir de las clases A y B”, y dictan otras disposiciones

Resolución Directoral

Nº 003-2020-MTC/18

Lima, 13 de febrero de 2020

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 27181, en adelante la Ley, constituye una de las competencias normativas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el dictar los reglamentos nacionales establecidos en la Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito;

Que, asimismo, el literal g) del artículo 16 de la citada Ley, prescribe: “El Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, asumiendo entre otras las siguientes competencias: (...) g) Mantener un sistema estándar de emisión de licencias de conducir conforme lo establece el reglamento nacional correspondiente;

Que, en tal sentido, mediante Decreto Supremo Nº 007-2016-MTC, se aprobó el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir, en adelante el Reglamento de Licencias, el cual tiene por objeto, entre otros, establecer las disposiciones que regulan la gestión integrada, estandarizada y homogénea del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir vehículos de transporte terrestre; así como regular los requisitos y procedimientos para la obtención, duplicado, canje, recategorización, revalidación y cancelación de licencias de conducir;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-2019-MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 10 de noviembre de 2019, se modificó el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir como consecuencia de ello, se dispuso la modificación de la Décimo Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Licencias, determinándose que el órgano o unidad competente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante Resolución Directoral establecerá los plazos y procedimiento para la integración de las licencias de la clase B al Sistema Nacional de Conductores;

Que, en cumplimiento a lo dispuesto en el considerando anterior, se emitió la Resolución Directoral Nº 024-2019-MTC/18, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 02 de enero de 2020, mediante la cual se establece un cronograma de integración de las licencias de conducir de la clase B al Sistema Nacional de Conductores, el mismo que comprende plazos graduales que deben ser cumplidos por las municipalidades provinciales, niveles de gobierno que se encuentran a cargo de la emisión de dicha clase de licencia, durante el año 2020;

Que, resulta necesario regular las características, especificaciones técnicas y de seguridad para la licencia de conducir de la clase B, como una de las medidas que deben adoptarse para lograr la implementación de la integración de las licencias de la clase B al Sistema Nacional de Conductores, dentro de los plazos establecidos en la resolución directoral citada en el considerando anterior;

Que, en tal sentido, corresponde modificar la Directiva Nº 001-2017-MTC-15 “Características, Especificaciones Técnicas y de Seguridad que deben contener las licencias de conducir de la clase A”, aprobada por Resolución Directoral Nº 305-2017-MTC/15, incorporándose dentro de su regulación a las licencias de la clase B;

De conformidad con la Ley General de Transporte Terrestre, Ley Nº 27181; el Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2016-MTC; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 959-2019-MTC/01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificación de la Resolución Directoral Nº 305-2017-MTC/15

Modifícase el artículo 1 de la Resolución Directoral Nº 305-2017-MTC/15 que aprueba la Directiva Nº 001-2017-MTC/15 “Características, Especificaciones Técnicas y de Seguridad que deben contener las licencias de conducir de la clase A”; en los siguientes términos:

“Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 001-2017-MTC/15, “Características, Especificaciones Técnicas y de Seguridad que deben contener las licencias de conducir de las clases A y B”.

Artículo 2.- Modificación de la Directiva Nº 001-2017-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 305-2017-MTC/15

Modifícanse los numerales 1 y 3; el literal i. de los elementos de seguridad y datos del anverso de la tarjeta para la licencia de conducir en material teslín o policloruro de vinilo y los literales a. y c. de los elementos de seguridad y datos del reverso de la tarjeta para la licencia de conducir en material de teslin o policloruro de vinilo, ambos del subnumeral 4.2.1 del numeral 4; el literal k. de los elementos de seguridad y datos del anverso de la tarjeta de la licencia de conducir en material de policarbonato y el literal i. de los elementos de seguridad y datos del reverso de la tarjeta de la licencia de conducir en material de policarbonato, ambos del subnumeral 4.2.2 del numeral 4; y el subnumeral 4.3 del numeral 4; los gráficos del diseño del anverso y reverso de la tarjeta en teslín y PVC; los gráficos del diseño del anverso y reverso de la laminación en teslín y PVC; y los gráficos del diseño del anverso y reverso de los datos y medidas de seguridad de la licencia de conducir en policarbonato; de la Directiva Nº 001-2017-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 305-2017-MTC/15; en los siguientes términos:

“1. OBJETIVO

La presente directiva tiene como objetivo establecer las características, especificaciones técnicas y de seguridad para la emisión de las licencias de conducir de las clases A y B.”

“3. ALCANCES

Se encuentran comprendidas en el ámbito de lo dispuesto en la presente directiva, las autoridades competentes a cargo de la emisión de las licencias de conducir de las clases A y B.”

“4. CARACTERÍSTICAS, ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE SEGURIDAD DE LA LICENCIA DE CONDUCIR

Las licencias de conducir de las clases A y B, tendrán las características siguientes:

(...)

4.2 Medidas de seguridad y datos de identificación

4.2.1 Para tarjetas elaboradas con material de teslín y policloruro de vinilo (PVC)

La tarjeta para la licencia de conducir en material de teslín o policloruro de vinilo (PVC) tendrá en el anverso los siguientes elementos de seguridad y datos:

(...)

i. Datos contenidos:

1. Encabezado:

- REPÚBLICA DEL PERÚ.

- MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES.

- Nombre de la autoridad competente a cargo de la emisión de la licencia de conducir.

- LICENCIA DE CONDUCIR

2. Apellidos.

3. Nombres.

4. Número de la licencia de conducir.

5. Clase.

6. Categoría (conforme lo regulado en el D.S. Nº 007-2016-MTC y modificatorias).

7. Fecha de expedición.

8. Fecha de vencimiento.

9. Firma del titular de la licencia de conducir.

La tarjeta para la licencia de conducir en material de teslín o policloruro de vinilo (PVC) tendrá en el reverso los siguientes elementos de seguridad y datos:

a. Código de barras y Código QR (Quick Response Code - Código de respuesta rápida).

(...)

c. Datos contenidos:

1. Servicio (Serv).

2. Número Primigenio.

3. Fecha de nacimiento.

4. Domicilio.

5. Restricciones.

6. Grupo y factor sanguíneo.

7. Donación de órganos.

8. Firma de la autoridad competente a cargo de la emisión de la licencia de conducir.

4.2.2 Para tarjetas con material de policarbonato

La tarjeta para la licencia de conducir en material de policarbonato tendrá en el anverso los siguientes elementos de seguridad y datos:

(...)

k. Datos contenidos

1. Encabezado:

- REPÚBLICA DELPERÚ.

- MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES.

- Nombre de la autoridad competente a cargo de la emisión de la licencia de conducir.

- LICENCIA DE CONDUCIR

2. Apellidos.

3. Nombres.

4. Clase.

5. Categoría (conforme lo regulado en el D.S. Nº 007-2016-MTC y modificatorias).

6. Fecha de expedición.

7. Fecha de vencimiento.

8. Número de licencia de conducir.

9. Firma del titular de la licencia de conducir.

La tarjeta para la licencia de conducir en material de policarbonato tendrá en el reverso los siguientes elementos de seguridad y datos:

(...)

i. Datos contenidos:

1. Servicio (Serv).

2. Número primigenio.

3. Fecha de nacimiento.

4. Grupo y factor sanguíneo.

5. Donación de órganos.

6. Restricciones.

7. Domicilio.

8. Firma de la autoridad competente a cargo de la emisión de la licencia de conducir.

4.3 Equipos para la producción de licencias de conducir para tarjetas con material en teslín, policloruro de vinilo (PVC) o policarbonato

Las autoridades competentes a cargo de la emisión de las licencias de conducir que opten por la producción de las licencias de conducir en teslín, policloruro de vinilo (PVC) o policarbonato deberán realizar la evaluación y selección de los equipos que consideren necesarios para el cumplimiento de las características, especificaciones técnicas y de seguridad establecidas en la presente Directiva.”

DISEÑO DE LA TARJETA EN TESLÍN Y PVC

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Artículo 3.- Plazo de adecuación para las Municipalidades Provinciales

Hasta el 30 de abril de 2020 la Municipalidad Metropolitana de Lima y la Municipalidad Provincial del Callao, podrán seguir utilizando los insumos que hayan sido adquiridos con fecha anterior a la entrada en vigencia de la presente norma para la emisión de las licencias de conducir, sin perjuicio del cumplimiento de las demás disposiciones que no se encuentren referidas a los insumos, establecidas en la Directiva Nº 001-2017-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 305-2017-MTC/15.

Hasta el 30 de junio de 2020 las Municipalidades Provinciales capitales de departamento, tendrán plazo para cumplir con lo establecido en la Directiva Nº 001-2017-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 305-2017-MTC/15.

Hasta el 31 de diciembre de 2020, las Municipalidades Provinciales que no se encuentran comprendidas en los párrafos anteriores del presente artículo, tendrán plazo para cumplir con lo establecido en la Directiva Nº 001-2017-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 305-2017-MTC/15.

Artículo 4.- Suspensión de aplicación de modificaciones de la Directiva Nº 001-2017-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 305-2017-MTC/15

Suspéndase hasta el 31 de julio de 2020 las modificaciones que establece la presente Resolución Directoral del numeral 1 del literal i. del subnumeral 4.2.1 y en el numeral 1 del literal k. del subnumeral 4.2.2, ambas del numeral 4.2, referidas al nombre de la autoridad competente a cargo de la emisión de la licencia de conducir, en lo que respecta a la clase A; del literal a. del subnumeral 4.2.1 del numeral 4.2, referida al Código QR colocado al reverso de la licencia de conducir, en lo que respecta a la clase A; de la Directiva Nº 001-2017-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 305-2017-MTC/15.

Suspéndase hasta el 31 de julio de 2020 las modificaciones que establece la presente Resolución Directoral de los gráficos del diseño del anverso de la tarjeta de teslín y PVC referidas al nombre de la autoridad competente a cargo de la emisión de la licencia de conducir, en lo que respecta a la clase A; los gráficos del diseño del reverso de la tarjeta de teslin y PVC, referidas al Código de barras y Código QR, en lo que respecta a la licencia de conducir de la clase A; los gráficos del diseño del anverso de la laminación en teslín y PVC referidas al nombre de la autoridad competente a cargo de la emisión de la licencia de conducir, en lo que respecta a la clase A; los gráficos del diseño del reverso de la laminación en teslín y PVC referidas al Código de barras y Código QR; los gráficos del diseño del anverso de los datos y medidas de seguridad de la licencia de conducir en policarbonato referidas al nombre de la autoridad competente a cargo de la emisión de la licencia de conducir, en lo que respecta a la clase A; los gráficos del diseño del reverso de los datos y medidas de seguridad de la licencia de conducir en policarbonato referidas al Código de barras y Código QR, en lo que respecta a la licencia de conducir de la clase A; de la Directiva Nº 001-2017-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 305-2017-MTC/15.

Hasta el 31 de julio de 2020, los gobiernos regionales emitirán las licencias de conducir conforme lo venían haciendo hasta la entrada en vigencia de la presente Resolución Directoral.

Artículo 5.- Utilización de insumos adquiridos por los Gobiernos Regionales

Disponer que los insumos adquiridos para la emisión de las licencias de conducir de la clase A, de fecha anterior a la entrada en vigencia de la presente norma, que cuenten con código de barras preimpreso, podrán seguir utilizándose para la emisión de las licencias de conducir en sus diferentes categorías, hasta agotarse.

Artículo 6.- Publicación

Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en el diario oficial “El Peruano”, y en el portal web institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc)

Regístrese, comuníquese y publíquese,

FERNANDO HUGO CERNA CHORRES

Director General de Políticas y Regulación

en Transporte Multimodal

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