Prorrogan el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios Especializados en Extinción de Dominio

Prorrogan el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios Especializados en Extinción de Dominio

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 064-2020-CE-PJ

Lima, 5 de febrero de 2020

VISTO:

El Oficio N° 000038-2020-ST-UETI-CPP-PJ, cursado por el Secretario Técnico de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional solicitan a este Órgano de Gobierno, la prórroga de las funciones de los órganos jurisdiccionales transitorios Especializados en Extinción de Dominio en los mencionados Distritos Judiciales.

Segundo. Que, en ese contexto, el Secretario Técnico de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal eleva a este Órgano de Gobierno el Informe N° 000012-2020-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, mediante el cual se realiza la evaluación cuantitativa y cualitativa respecto a las prórrogas de los órganos jurisdiccionales transitorios Especializados en Extinción de Dominio a nivel nacional.

Tercero. Que, por lo expuesto en el referido informe, emitido por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Secretaría Técnica de la citada Unidad; y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito.

Cuarto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 238-2020 de la sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas, sin la intervención del señor Consejero Arévalo Vela por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de marzo y hasta el 31 de agosto de 2020, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios Especializados en Extinción de Dominio:

DISTRITOS JUDICIALES DE ANCASH, APURIMAC, AREQUIPA, AYACUCHO, CAJAMARCA, CALLAO, CUSCO, HUANUCO, JUNIN, LA LIBERTAD, LAMBAYEQUE, LIMA, LIMA ESTE, LORETO, MADRE DE DIOS, PIURA, PUNO, SANTA, TACNA, TUMBES y UCAYALI

- Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; con competencia territorial en los Distritos Judiciales de Arequipa, Tacna, Moquegua, Puno, Cusco, Madre de Dios y Apurímac.

- Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; con competencia territorial en los Distritos Judiciales de La Libertad, Tumbes, Piura, Sullana, Lambayeque, Cajamarca, Amazonas, Santa, Ancash y Loreto.

- Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio del Sub Sistema Especializado de Extinción de Dominio con sede en Lima; y competencia territorial en los Distritos Judiciales de Lima, Lima Norte, Lima Este, Lima Sur, Callao, Ventanilla, Huaura, Cañete, Ica, Junín, Selva Central, Pasco, Huánuco, San Martín, Ayacucho, Huancavelica y Ucayali.

- Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Ancash; con competencia territorial en todo el distrito judicial.

- Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Apurímac; con competencia territorial en todo el distrito judicial.

- Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; con competencia territorial en todo el distrito judicial.

- Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho; con competencia territorial en todo el distrito judicial y en el Distrito Judicial de Huancavelica.

- Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca; con competencia territorial en todo el distrito judicial y en el Distrito Judicial de Amazonas.

- Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia del Callao; con competencia territorial en todo el distrito judicial y en los Distritos Judiciales de Ventanilla y Huaura.

- Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Cusco; con competencia territorial en todo el distrito judicial.

- Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Huánuco; con competencia territorial en todo el distrito judicial y en el Distrito Judicial de San Martín.

- Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Junín; con competencia territorial en todo el distrito judicial y en los Distritos Judiciales de Pasco y Selva Central.

- Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; con competencia territorial en todo el distrito judicial.

- Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; con competencia territorial en todo el distrito judicial.

- Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del Sub Sistema Especializado en Extinción de Dominio con sede en Lima; y competencia territorial en los Distritos Judiciales de Lima, Lima Sur, Cañete e Ica.

- Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Lima Este; con competencia territorial en todo el distrito judicial y en el Distrito Judicial de Lima Norte.

- Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Loreto; con competencia territorial en todo el distrito judicial.

- Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios; con competencia territorial en todo el distrito judicial.

- Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Piura; con competencia territorial en todo el distrito judicial y en el Distrito Judicial de Sullana.

- Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Puno; con competencia territorial en todo el distrito judicial.

- Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia del Santa; con competencia territorial en todo el distrito judicial.

- Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Tacna; con competencia territorial en todo el distrito judicial y en el Distrito Judicial de Moquegua.

- Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Tumbes; con competencia territorial en todo el distrito judicial; y

- Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Ucayali; con competencia territorial en todo el distrito judicial.

Artículo Segundo.- Facultar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huánuco, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Lima Este, Loreto, Madre de Dios, Piura, Puno, Santa, Tacna, Tumbes y Ucayali, a expedir las medidas administrativas necesarias para la ejecución de la presente resolución.

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO

Presidente

1856758-4