Autorizan viaje de personal del Ministerio a Colombia en comisión de servicios

Autorizan viaje de personal del Ministerio a Colombia, en comisión de servicios

RESOLUCIóN MINISTERIAL

N° 044-2020-MINCETUR

Lima, 17 de febrero de 2020

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, tiene la responsabilidad de formular, dirigir, coordinar, ejecutar y supervisar la política de comercio exterior; así como negociar, suscribir y poner en ejecución los acuerdos o convenios internacionales, en materia de comercio exterior e integración, y otros en el ámbito de su competencia;

Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de la República de Colombia, han extendido una invitación a sus pares de la región andina, en el marco del Quincuagésimo Aniversario de la Comunidad Andina, a la Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores y de Comercio Exterior de la Comunidad Andina, con el objetivo de evaluar el futuro, retos y potencialidades de la Comunidad Andina en el coyuntura actual, y relanzar este proceso como un mecanismo de integración referente para la región, evento que se llevará a cabo el 19 de febrero de 2020, en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia;

Que, en dicho marco, se ha programado el Seminario “El Proceso de Integración Andina y el Mecanismo de Solución de Controversias en la Comunidad Andina”, a llevarse a cabo el 18 de febrero de 2020, en la misma ciudad;

Que, por lo expuesto, la Viceministra de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor José Luis Castillo Mezarina, Director General de Negociaciones Comerciales Internacionales para que en representación del Ministro de Comercio Exterior y Turismo, participe en el Panel de Perspectivas y retos de la Comunidad Andina, donde compartirá la posición del Perú sobre los retos que enfrenta la integración andina en la coyuntura actual; asimismo, solicita que se autorice el viaje de la señora María Cecilia Pérez Aponte, Especialista en Integración y Comercio Internacional de la Dirección de América Latina, Caribe e Integración Regional de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, para que participe prestando el apoyo técnico respectivo en dichos eventos;

De conformidad con la Decreto de Urgencia N° 014-2019, que aprueba el Presupuesto anual de Gastos para el Año Fiscal 2020, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor José Luis Castillo Mezarina, Director General de Negociaciones Comerciales Internacionales y de la señora María Cecilia Pérez Aponte, Especialista en Integración y Comercio Internacional de la Dirección de América Latina, Caribe e Integración Regional de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 18 al 20 de febrero de 2020, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participen en el evento, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del artículo precedente, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes Aéreos (US $ 927,24 x 2 personas) : US $ 1 854,48

Viáticos (US $ 370,00 x 02 días x 2 personas) : US $ 1 480,00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente Resolución, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en el evento a las que asistirán; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDGAR M. VASQUEZ VELA

Ministro de Comercio Exterior y Turismo

1856480-1