Disponen el embanderamiento general en todos los inmuebles del distrito de Cieneguilla

Disponen el embanderamiento general en todos los inmuebles del distrito de Cieneguilla

DECRETO DE ALCALDÍA

nº 001-2020-MDC/A

Cieneguilla, 5 de febrero del 2020

VISTO:

El Informe Nº 017-2020-MDC/GDS de fecha 03 de Febrero del 2020, emitido por la Gerencia de Desarrollo Social, sobre “EMBANDERAMIENTO DEL DISTRITO POR SU QUINCUAGÉSIMO ANIVERSARIO – 50 AÑOS DE CREACIÓN POLÍTICA DEL DISTRITO DE CIENEGUILLA” y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305 - “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades

Que, a través del Decreto Ley Nº 18166 del 03 de Marzo de 1970, se crea el distrito de Cieneguilla, lo que significa que el presente año se conmemora el quincuagésimo aniversario de creación – 50 Años de Creación Política, y en honor e identificación con nuestro Distrito, rendiremos un merecido homenaje con la participación de todo su pueblo y turistas de diferente partes del Perú y el mundo, compartiendo su historia, tradición, costumbres, gastronomía y su belleza cultural que hacen de Cieneguilla, uno de los Distritos Turístico del Perú.

Que, es deber del Gobierno Local en vista de la celebración de este magno acontecimiento, incentivar la participación cívica del vecindario, resaltando los hechos históricos de nuestra nación, fomentando la realización de actividades simbólicas tradicionales, como el embanderamiento de todos los inmuebles en el distrito;

Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, (…) y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal;

Estando en los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en el uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Orgánica de municipalidades – Ley Nº 27972;

DECRETA:

Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL EN TODOS LOS INMUEBLES DEL DISTRITO DE CIENEGUILLA, desde el día viernes 14 de febrero hasta el jueves 05 de marzo del 2020, con ocasión de conmemorarse el 03 de Marzo del presente año, el QUINCUAGÉSIMO ANIVERSARIO – 50 AÑOS DE CREACIÓN POLÍTICA DEL DISTRITO DE CIENEGUILLA,

Artículo Segundo.- EXHORTAR a los vecinos del distrito para que efectúen la limpieza y pintado de las fachadas de los predios, para su mejor presentación y ornato general de la ciudad.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial “El Peruano”, el mismo que entrará en vigencia, al día siguiente de su publicación y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su difusión, bajo responsabilidad.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación cumpla con realizar la publicación de la presente resolución en la Página Web del Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

EDWIN SUBILETI ARRECHE

Alcalde

1854880-1