Aprueban el Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte regular de personas en el ámbito de la región de Piura y el Cronograma del Régimen Extraordinario de permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte especial de personas bajo la modalidad de trabajadores en el ámbito de la Región de Piura

Aprueban el “Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte regular de personas en el ámbito de la región de Piura” y el “Cronograma del Régimen Extraordinario de permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte especial de personas, bajo la modalidad de trabajadores, en el ámbito de la Región de Piura”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 0089-2020-MTC/01.02

Lima, 10 de febrero de 2020

VISTOS: El Memorándum N° 1208-2019-MTC/18 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, y los Oficios Nos. 01684 y 01172-2019-GRP-440000-440010 de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Piura;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 16 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, correspondiéndole dictar los reglamentos nacionales establecidos en la Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito;

Que, por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC y modificatorias, se aprueba el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, en adelante, el Reglamento, el cual tiene por objeto regular el servicio de transporte terrestre de personas y mercancías;

Que, el numeral 25.1 del artículo 25 del Reglamento, dispone que la antigüedad máxima de permanencia de un vehículo al servicio de transporte público de personas de ámbito nacional, regional y provincial, será de quince (15) años, contados a partir del 01 de enero del año siguiente al de su fabricación, y que, en el ámbito regional o provincial, dicha antigüedad podrá ser ampliada, como máximo hasta en cinco (5) años, por decisión adoptada mediante Ordenanza Regional o Provincial, según corresponda;

Que, la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento, incorporada por el artículo 2 del Decreto Supremo N° 006-2012-MTC, establece un régimen extraordinario de permanencia de los vehículos destinados a la prestación del servicio de transporte de personas, con el fin de lograr la renovación del parque vehicular, el mismo que, en el ámbito regional y provincial, será determinado mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, previa coordinación con los gobiernos regionales y provinciales, para los vehículos que se encuentren habilitados según sus propios registros administrativos de transporte, y las condiciones para que ello ocurra;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 339-2012-MTC/02, del 05 de julio de 2012, se modificó el cronograma del régimen extraordinario de permanencia para vehículos destinados al servicio de transporte de personas de ámbito regional de la Región Piura, aprobado por Resolución Ministerial N° 634-2011-MTC/02;

Que, mediante Oficio N° 327-2018-GRP-440010-440015 de fecha 15 de febrero de 2018, la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Piura, remite la propuesta de regímenes extraordinarios de permanencia de los vehículos habilitados destinados a los servicios de transporte terrestre de personas, precisando que de acuerdo a las estadísticas proporcionadas por el Área de Registro de Transporte de Pasajeros, con el transcurso de los años el mayor porcentaje de desabastecimiento se producirá en el servicio de transporte regular de personas, debiéndose realizar los ajustes necesarios al cronograma existente;

Que, mediante Oficio N° 01172-2019-GRP-440000-440010, la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Piura, remitió a la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal información complementaria relativa al nuevo cronograma de régimen extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte regular y especial de personas en el ámbito de la región de Piura;

Que, a través del Oficio N° 433-2019-MTC/18, del 08 de agosto de 2019, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, remitió a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Piura el Informe N° 502-2019-MTC/18.01, elaborado por la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial, que contiene la propuesta de “Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte regular de personas en el ámbito de la región de Piura”; y el “Cronograma del Régimen Extraordinario de permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte especial de personas, bajo la modalidad de trabajadores, en el ámbito de la Región de Piura”;

Que, con Oficio N° 01684-2019/GRP-440000-440010, del 27 de setiembre del 2019 la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Piura valida la propuesta de Cronogramas emitidos por la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, conforme al Informe N° 502-2019-MTC/18.01;

Que, con Memorándum N° 1208-2019-MTC/18, de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal y el Informe N° 502-2019-MTC/18.01 de la Dirección Políticas y Normas en Transporte Vial, se efectúa la evaluación técnica - económica de la información remitida por la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones de Piura, y se sustenta la aprobación de la propuesta del “Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte regular y especial de personas en el ámbito de la región de Piura”, y del “Cronograma del Régimen Extraordinario de permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte especial de personas, bajo la modalidad de trabajadores, en el ámbito de la Región de Piura”, en el marco de lo establecido en la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento;

Que, en consecuencia, es necesario aprobar el nuevo “Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte regular de personas en el ámbito de la región de Piura” y el “Cronograma del Régimen Extraordinario de permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte especial de personas, bajo la modalidad de trabajadores, en el ámbito de la Región de Piura”;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, su Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Resolución Ministerial N° 959-2019-MTC/01 y el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte regular de personas en el ámbito de la región de Piura.

Aprobar el “Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte regular de personas en el ámbito de la región de Piura”, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Aprobación del Cronograma del Régimen Extraordinario de permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte especial de personas, bajo la modalidad de trabajadores, en el ámbito de la Región de Piura.

Aprobar el “Cronograma del Régimen Extraordinario de permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte especial de personas, bajo la modalidad de trabajadores, en el ámbito de la Región de Piura”, que como Anexo II forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Condiciones para la aplicación de los Cronogramas del Régimen Extraordinario de Permanencia señalados en los artículos 1 y 2 de la presente resolución.

Los Cronogramas del Régimen Extraordinario de Permanencia aprobado por los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, son de aplicación a los vehículos M3 y M2 destinados al servicio de transporte regular y especial de personas habilitados por el Gobierno Regional de Piura, que cumplan con las condiciones siguientes:

a) Que se encuentren en óptimo estado de funcionamiento, lo que será acreditado con el Certificado de Inspección Técnica Vehicular obtenido de conformidad con la normativa de la materia, y que apruebe los controles inopinados a los que dichos vehículos sean sometidos.

b) Que cumplan con las condiciones técnicas y demás requisitos establecidos en el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, para la prestación del servicio de transporte de personas de ámbito regional.

Artículo 4.- Derogación

Derógase la Resolución Ministerial N° 634-2011-MTC/02, que aprobó el Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia para vehículos destinados al servicio de transporte de personas de ámbito regional de la Región Piura, y la Resolución Ministerial N° 339-2012-MTC/02 que modifica el citado Cronograma.

Artículo 5.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDMER TRUJILLO MORI

Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO I

CRONOGRAMA DEL RÉGIMEN EXTRAORDINARIO DE PERMANENCIA PARA LOS VEHÍCULOS DESTINADOS AL SERVICIO DE TRANSPORTE REGULAR DE PERSONAS, EN EL ÁMBITO DE LA REGIÓN DE PIURA

Año fabricación

Fecha retiro

1992 - 1993

31/12/2019

1994 - 1998

31/12/2020

2000

31/12/2021

2001 - 2002

31/12/2022

2003

31/12/2023

2004

31/12/2024

2005

31/12/2025

2006

31/12/2026

2007

31/12/2027

2008

31/12/2028

2009

31/12/2029

2010

31/12/2030

2011

31/12/2031

2012

31/12/2032

2013

31/12/2033

2014

31/12/2034

2015

31/12/2035

2016

31/12/2036

2017

31/12/2037

2018

31/12/2038

ANEXO II

CRONOGRAMA DEL RÉGIMEN EXTRAORDINARIO DE PERMANENCIA PARA LOS VEHÍCULOS DESTINADOS AL SERVICIO DE TRANSPORTE ESPECIAL DE PERSONAS, BAJO LA MODALIDAD DE TRABAJADORES, EN EL ÁMBITO DE LA REGIÓN DE PIURA

Año fabricación

Fecha retiro

1992 - 1994

31/12/2019

1995 - 1996

31/12/2020

1997 - 1998

31/12/2021

1999 - 2002

31/12/2022

2003

31/12/2023

2004

31/12/2024

2005

31/12/2025

2006

31/12/2026

2007

31/12/2027

2008

31/12/2028

2009

31/12/2029

2010

31/12/2030

2011

31/12/2031

2012

31/12/2032

2013

31/12/2033

2014

31/12/2034

2015

31/12/2035

2016

31/12/2036

2017

31/12/2037

2018

31/12/2038

1854049-1