FE DE ERRATA

FE DE ERRATAS

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 0047-2020-MINAGRI

Mediante Oficio Nº 182-2020-MINAGRI-SG, el Ministerio de Agricultura y Riego solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 0047-2020-MINAGRI, publicada en la edición del día 6 de febrero de 2020.

En el sexto considerando

DICE:

Que, el segundo párrafo del numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que “El régimen de eficacia anticipada de los actos administrativos previsto en el artículo 17 es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni afecte a terceros”, en cuyo contexto normativo resulta viable que se fije las cuotas de exportación de alpacas y llamas, correspondiente al año 2020, con efectividad al 1 de enero de 2020;

DEBE DECIR:

Que, el segundo párrafo del numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que “El régimen de eficacia anticipada de los actos administrativos previsto en el artículo 17 es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público ni afecte a terceros”, en cuyo contexto normativo resulta viable que se apruebe con eficacia anticipada al 1 de enero de 2020, el Calendario Nacional de Ferias y Eventos Agropecuarios para el año 2020;

1853227-1