Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República destinada a la contratación de la sociedad de auditoría externa

Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada a la contratación de la sociedad de auditoría externa

Instituto Tecnológico de la Producción

Resolución Ejecutiva

N° 022-2020-ITP/DE

Lima, 5 de febrero de 2020

VISTOS:

El Informe Nº 44-2020-ITP/OPPM de fecha 04 de febrero de 2020, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe n.º 71-2020-ITP/OAJ de fecha 5 de febrero de 2020, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ejecutiva Nº 342-2019-ITP/DE de fecha 13 de diciembre de 2018, se aprueba la Estructura Funcional Programática y el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el año 2019 del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), a nivel de Unidad Ejecutora, Función, Programa, Sub Programa, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento y Grupo Genérico de gasto por la suma de S/ 142 611 447,00 (ciento cuarenta y dos millones seiscientos once mil cuatrocientos cuarenta y siete y 00/100 soles);

Que, el segundo párrafo del artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;

Que, el tercer párrafo del mismo artículo establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en caso del Gobiernos Nacional, o por acuerdo del consejo regional o consejo municipal en caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del consejo regional se publican en diario oficial El Peruano;

Que, con Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG de fecha 22 de octubre de 2019, se aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y gobiernos locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de autoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, en ese contexto, mediante Oficio Nº 929-2019-CG/SGE, recibido el 12 de noviembre de 2019, la Contraloría General de la República solicitó al Pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) que efectúe la transferencia financiera en el marco de lo establecido en la Ley Nº 30742 y en la Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG, por el 50% de la retribución económica que incluye el IGV para el año fiscal 2019 y una previsión presupuestaria por la suma de S/ 36 032,50 con cargo al presupuesto institucional 2020, para el periodo auditado 2019;

Que, con Resolución Ejecutiva N° 306-2019-ITP/DE, se aprobó la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2019 del Pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción, hasta por la suma de cuarenta y tres mil trescientos sesenta y uno y 14/100 soles (S/ 43 361,14), de los cuales, solo se transfirió el importe de S/ 36 032,50 (treinta y seis mil treinta y dos y 00/100 soles) que corresponde a la Retribución 50%+ IGV y el pago único de S/ 7 328,64 (siete mil trescientos veinte ocho y 64/100 soles) por Derecho de Designación o Supervisión del 6% favor de la Contraloría General de la República, destinado a la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2019;

Que, en atención a ello, mediante Memorando Nº 470-2020-ITP/OPPM de fecha 24 de enero de 2020, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, a solicitud de la Oficina de Administración, aprueba la Certificación de Crédito Presupuestario según Nota Nº 429, por el monto de S/ 36 032,50 treinta y seis mil treinta y dos y 50/100 soles), correspondiente al 50% de la Retribución Económica;

Que, con Informe Nº 44-2020-ITP/OPPM de fecha 04 de febrero de 2020, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización sustenta y considera pertinente aprobar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por el importe de S/ 36 032,50 (treinta y seis mil treinta y dos y 50/100 soles), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinado a la contratación de la sociedad de auditoría externa para el ejercicio 2019;

Que, mediante Informe Nº 71-2020-ITP/OAJ de fecha 05 de febrero de 2020, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta jurídicamente viable aprobar la transferencia financiera por el monto de S/ 36 032,50 (treinta y seis mil treinta y dos y 50/100 soles), a favor de la Contraloría General de la República conforme al artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;

Que, el tercer párrafo del artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley Nº 30742, establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican el diario oficial El Peruano;

Que, por los fundamentos antes señalados, corresponde aprobar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República conforme al artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control;

Con el visado de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus funciones;

De conformidad con lo dispuesto por Decreto de Urgencia N° 014-2019 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley Nº 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, el Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del ITP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto

Aprobar la segunda transferencia financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2019 del Pliego 241: Instituto Tecnológica de la Producción, hasta por la suma de S/ 36 032,50 (treinta y seis mil treinta y dos y 50/100 soles) a favor de la Contraloría General de la República, destinada a la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2019.

Artículo 2.- financiamiento

La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Específica del Gasto 2.4.1.3.1.1 “Otras unidades del gobierno nacional”, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios.

Artículo 3.- Acciones administrativa

La Oficina de Administración efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución; asimismo, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, para los cuales se realiza la presente transferencia financiera.

Artículo 4.- Limitaciones al uso de recursos

Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 5.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ejecutiva en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) www.itp.gob.pe y en el diario oficial El Peruano

Regístrese y comuníquese.

SERGIO RODRIGUEZ SORIA

Director Ejecutivo

1852982-1