Ordenanza que modifica el Plano de Zonificación del distrito de Lurín aprobado por Ordenanza N° 1117

Ordenanza que modifica el Plano de Zonificación del distrito de Lurín aprobado por Ordenanza N° 1117

ORDENANZA N° 2216

Lima, 27 de enero de 2020

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, reconoce la autonomía política, económica y administrativa de las Municipalidades en asuntos de su competencia;

Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial;

Que, con la Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Planificación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima;

Que, la Ordenanza N° 1617, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de julio de 2012, constituye el marco normativo a seguir por la Municipalidad Metropolitana de Lima, como municipalidad provincial, en el ejercicio de su función específica exclusiva en materia de organización del espacio físico y uso de suelo, planificación urbana y zonificación de áreas urbanas, teniendo en cuenta además que la zonificación regula el uso y la ocupación dentro del ejercicio del derecho de propiedad predial, consignándose en los planos de zonificación, parámetros urbanísticos y edificatorios, índice de usos para la ubicación de actividades urbanas y sus reglamentos;

Que, mediante Ordenanza N° 1117, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de enero de 2008, se aprueba la Zonificación de los Usos del Suelo de la Cuenca Baja del Río Lurín que comprende los distritos de Cieneguilla y parte de Lurín y Pachacámac, que forman parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I, III y IV de Lima Metropolitana;

Que, a través del Expediente Nº 285815-2014, la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Lurín traslada la solicitud de ocho (08) peticiones de Cambio Específico de Zonificación, entre los cuales se encuentra la petición de la Misión Cementerio Católico Parque del Recuerdo, referida al cambio de zonificación de Zona de Habilitación Recreacional (ZHR) a Otros Usos (OU), para el terreno de 1.60 Has, ubicado en la Parcela A-4 U.C. Nº 10536, Fundo Mamacona, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima. Asimismo, adjunta el Acuerdo de Concejo N° 061-2014/ML de fecha 15 de octubre de 2014, que declara de interés local para el distrito de Lurín las peticiones señaladas, conforme a lo establecido en la Ordenanza N° 1617, señalando que se realizaron cincuenta (50) consultas vecinales con opinión favorable;

Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Oficio Nº 851-2019-MML-GDU-SPHU de fecha 24 de mayo de 2019, informa a la Municipalidad Distrital de Lurín que respecto al referido cambio de zonificación presentado por la Misión Cementerio Católico Parque del Recuerdo, otorga 15 días calendarios para que remita información, de así considerarlo, a afectos de continuar con el procedimiento ante la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano de Vivienda y Nomenclatura; sin embargo, a la fecha no se obtuvo respuesta;

Que, con Informe Nº 13-2015-MML-CTT de fecha 26 de junio de 2015, la Comisión Técnica de Trabajo (conformada por la Gerencia de Desarrollo Urbano y el Instituto Metropolitano de Planificación) emite, entre otras solicitudes, opinión favorable respecto a la solicitud de cambio de zonificación presentada por la “Misión Cementerio Católico Parque del Recuerdo” y, con Informe Nº 007-2017-MML-CTT de fecha 10 de mayo de 2017, la Comisión Técnica de Trabajo ratifica la opinión favorable al cambio de zonificación de Zona de Habilitación Recreacional (ZHR) a Zonificación de Otros Usos (OU), para el inmueble de 1.60 Has, ubicado en la Parcela A-4 UC Nº 10536 Fundo Mamacona, precisando que la denominación de todos los predios que conforman el Equipamiento será de Parque Cementerio “Parque del Recuerdo”;

Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 059-2019-MML-CMDUVN, de fecha 17 de julio de 2019; el Concejo Metropolitano de Lima por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA

QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN

DEL DISTRITO DE LURÍN APROBADO

POR ORDENANZA N° 1117

Artículo 1.- Aprobar la modificación del Plano de Zonificación del distrito de Lurín, aprobado mediante Ordenanza 1117, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de enero de 2008, de Zona de Habilitación Recreacional (ZHR) a Otros Usos (OU), para el inmueble de 1.60 Has, ubicado en la Parcela A-4 U.C. Nº 10536, Fundo Mamacona, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima, solicitado por la Misión Cementerio Católico Parque del Recuerdo; conforme al Anexo N° 01, que forma parte de la presente ordenanza.

Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorporar en el plano de zonificación del distrito de Lurín, la modificación aprobada en el Artículo 1 de la presente ordenanza.

Artículo 3.- Disponer la notificación de la presente ordenanza al administrado, así como a la Municipalidad Distrital de Lurín.

Artículo 4.- Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, así como disponer su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima, al igual que el anexo que forma parte de este dispositivo legal (www.munlima.gob.pe).

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JORGE MUÑOZ WELLS

Alcalde

1851463-1