Mutatis mutandis

Descripcion

Loc. lat. que significa : cambiando lo que se haya de cambiar". 453 M Mutuante (Derecho Civil) Quién, en virtud del contrato de mutuo, preste dinero u otro bien fungible al mutuatario. 454 M Mutuatario (Derecho Civil) Quién, en virtud del contrato de mutuo, recibe dinero u otro bien fungible en calidad de préstamo. 455 N Nación Comunidad histórica que tienen el mismo origen, lengua común, identidad de costrumbres y comparten un legado cultural que los une como una sociedad estable y singular. 456 N Negligencia Omisión conciente, descuido por impericia o dejar de cumplir un acto que el deber funcional lo exige. En materia penal, es punible. Descuido en el actuar. 457 N No ha lugar Voz judicial que califica como improcedente una acción o demanda interpuesta en un tribunal. 458 N Nombre (Derecho Civil) Designación que individualiza e identifica a las personas. Por nombre se entiende el pronombre o nombre de pila y los apellidos o patronímicos. 459 N Nomofobia Locución griega que significa: Aversión al orden establecido. Hostilidad a la legalidad o al derecho. 460 N Norma (Teoría General del Derecho) La regla social o institucional que establece límites y prohibiciones al comportamiento humano. 461 N Notario Funcionario público que goza de privilegio de ser autorizado para dar fe de los contratos, testamentos y demás actos extrajudiciales./ En la Edad Media, funcionario de la corona encargado de extender documentos públicos y solemnes. 462 N Notificación (Derecho Procesal) Acto por el cual se pone en conocimiento a las partes o a terceras personas vinculadas con el litigio de las resoluciones o de las citaciones que emiten las dependencias del Poder Judicial. 463 N Novación Transformación de una obligación en otra, quedando extinguida aquélla./ Sustitución de un deudor o un acreedor por otro. 464 N Nulidad procesal (Derecho Procesal) Privación de efectos imputado a los actos del proceso que adolecen de algún vicio en sus elementos esenciales y que por ello, carecen de aptitud para cumplir el fin a que se han destinado. 465 O Obligación (Derecho Civil) Relación entre dos partes, en virtud de la cual una, llamada acreedora, puede exigir el cumplimiento de una prestación determinada, en su interés y beneficio, a otra, llamada deudora. Es más propio hablar de relación obligatoria. 466 O Oferente (Derecho Civil) En materia contractual, quién formula oferta, es decir, el que invita a celebrar un contrato. 467 O Oferta (Derecho Civil) Se llama así a la manifestación de voluntad por la que se ofrece o invita a celebrar un contrato, es decir, es la iniciativa contractual. Es formulada por el oferente. 468 O Oficio Especialidad aprendida por una persona en virtud de una destreza, que pondrá en ejercicio laboral. 469 O Ológrafo Testamento escrito de puño y letra. 470 O Omisión dolosa (Derecho Penal) Cuando se deja de cumplir el deber, con la convicción de que con ello ocasionará un perjuicio a un tercero, daño que debió y pudo evitar. /Dejar de hacer, sabiendo que ocurrirá un daño, pudiéndolo evitar. 471 O Opinión Concepto o apreciación que se forma sobre una cuestión determinada. 472 O Oposición En Derecho Procesal, razonamiento contrario. Impugnación./ En asuntos civiles y comerciales, toda manifestación de voluntad destinada a impedir el cumplimiento de un acto jurídico o a imponer ciertas condiciones a ese cumplimiento. 473 O Orden de captura "Ver: Orden de detención.